| Juicio oral

Villa fue condenado a dos años y un mes de prisión por violencia de género

Fue condenado por los delitos de amenazas y lesiones leves. Tiene otra causa pendiente.

El futbolista de Boca Juniors Sebastián Villa recibió hoy a dos años y un mes de prisión de cumplimiento condicional por violencia de género contra su expareja Daniela Cortés en abril de 2020 en una vivienda de un barrio privado de la localidad bonaerense de Canning.

El fallo lo dictó este mediodía la titular del Juzgado Correccional 2 de Lomas de Zamora, Claudia Dávalos.

Como parte de la sentencia, a Villa le fijaron una serie de condiciones que debe cumplir para que la pena sea de ejecución condicional.

Una es que debe fijar residencia (por lo tanto, cualquier cambio de domicilio se debe avisar). Otro punto es que debe abstenerse durante dos años y un mes de mantener contacto con la denunciante y/o con su grupo familiar.

Dentro de las reglas de conducta, habituales para este tipo de casos, le ordenaron a Villa que se abstenga de tomar alcohol o consumir cualquier tipo de estupefaciente.

La jueza Dávalos ordenó también que lleve adelante un taller o curso con el objetivo de “abordar su problemática”.

Daniela Cortés no estuvo presente en la sala de los tribunales de Lomas. De acuerdo a lo informado, la denunciante pidió que le comuniquen de la resolución vía teléfonica una vez que finalice la audiencia.

Otra causa

Tras conocerse el veredicto, la defensa y también la fiscalía a cargo de Sergio Anauati podrán apelar a la Cámara en lo penal de Lomas de Zamora.

Ahora, Villa seguirá en libertad por la pena en suspenso y en días se conocerá si enfrenta otro juicio oral y público en la otra investigación por abuso sexual a raíz de una denuncia hecha por otra ex pareja por un episodio de mediados del 2021.

El testimonio clave fue el de la técnica en Minoridad Mónica Juárez quien revisó a Cortés al día siguiente de los hechos ocurrido el 27 de abril del 2020:  “La primera impresión que le había causado era que estaba muy angustiada, con miedo, le temblaban las manos, estaba nerviosa, le mostró los brazos donde se observaban moretones, marcas y tenía algo en la cara”, resume la sentencia a la que accedió Noticias Argentinas.

Sobre las lesiones, recordó que Daniela Cortés sufrió un “edema y eritema en frente lado derecho, equimosis en brazo derecho cara interna símil lesión que deja la digito presión, equimosis en raíz de muslo izquierdo”.

Las evidencias

La jueza también rechaza el argumento de la defensa respecto a que Cortés se pudo provocar las lesiones: “Sin perjuicio de las interpretaciones de los dictámenes periciales, la existencia de las amenazas coactivas y las lesiones leves, es clara considerando la intervención inmediata de diversos profesionales, no surgiendo que las segundas fueran“La credibilidad otorgada a la declaración de la víctima, que no ha sido desvirtuada con los testigos de cargo, se robustece con el intercambio fruto de la inmediación y de la oralidad durante el Juicio Oral”, agregó.

Tampoco da crédito a los dichos de Villa respecto a que su ex pareja le inventó la denuncia porque él dejó de pasarle dinero o como dijo su abogado defensor Martín Apolo “cortarle los víveres”.

“Sopesándose armónicamente sus dichos con el resto de las probanzas valoradas para el evento en tratamiento, carecen de acreditación bastante, siendo los hechos que inconmovidos al ponerse en contra luz con el resto del bagaje cargoso. De lo manifestado, no se logra desbaratar la imputación efectuada”, resumió la magistrada.

Otras pruebas

“Dentro del aspecto subjetivo del delito imputado y de acuerdo a las piezas procesales valoradas, ninguna duda cabe en la consideración que el prevenido actuó guiado por su voluntad, al agredirla físicamente, no pudiendo ser desconocido que el carácter del injusto de las lesiones aplicadas dimana, precisamente de las consecuencias que acarreó”, remarcó la jueza Ávalos.

Sobre el delito de amenazas, la jueza señaló que “la conducta disvaliosa del agente ha radicado en su intención de amedrentar a su pareja conviviente, no a su familia como fuera alegado por la defensa, apareciendo como suficiente para atemorizar y limitar la libertad”.

”De la prueba valorada, han dado cuenta de que, bajo ningún concepto, las amenazas han tenido otro objeto más que la víctima hiciera algo en contra de su voluntad“, dijo.

Situación de poder

Villa “aprovechando la situación desigual de poder y en el marco de una relación altamente conflictiva de acuerdo con lo manifestado por los testigos allegados a la pareja, en primer lugar amenazó coactivamente a la víctima a irse de su domicilio para posteriormente causarle lesiones certificadas como leves, menoscabando su libertad, dignidad, integridad física y biológica, en un ambiente de violencia de género que venía soportando Cortés”.

Tal cual lo señaló la fiscalía, la jueza también da cuenta que el día de la agresión “no fue el único evento” que sufrió Cortés pues ella dijo que anteriormente habían habido otras agresiones físicas y psicológicas.

El hecho juzgado ocurrió el 27 de abril de 2020 cuando convivía ella con el jugador en una vivienda de la localidad de Canning, cuando él -según la denuncia- luego de una fuerte discusión le pegó un puñetazo en la frente y una vez que ella cayó al piso le dio patadas.

El episodio se dio en plena pandemia por el coronavirus y el momento en el que, según la denunciante, Villa había empezado a consumir al alcohol, en tanto que el jugador dijo que la discusión fue porque ella le había reclamado 150 mil dólares para tomar un vuelo privado y regresar a Colombia de donde es oriunda.