Más de medios millón de dólares que habían sido secuestrados en el marco de una causa que se tramita en la justicia federal serán destinados al sistema de salud en el marco de la pandemia por el coronavirus.
El pedido fue realizado por la titular de la Fiscalía Federal Nº 2 de Lomas de Zamora, Cecilia Incardona, y dado curso en ese sentido por juzgado federal N°1 de esa misma jurisdicción.
En concreto se trata de la suma de US$ 503.114 que había sido secuestrada en el marco de la causa “Raldes, Silva Hugo s/ pta. Inf. Art. 277 C.P.”, y que daba cuenta de un operativo en el aeropuerto de Ezeiza, donde fue hallado el dinero, el 28 de agosto de 2008.
Lo llamativo es que el juzgado ordenó el decomiso de las sumas incautadas de manera “definitiva y con fines sociales reparatorios” y dispuso que parte se transfiera a la Facultad de Medicina de la UBA.
Decomiso sin condena
Asimismo, dispuso que se destine la suma de US$ 25.000 a la cooperadora del Hospital Francisco J. Muñiz Asociación Civil para la adquisición de los bienes o insumos necesarios para enfrentar la emergencia sanitaria declarada en nuestro país.
La fiscal requirió la aplicación al caso de la figura del “decomiso sin necesidad de condena penal” en relación a la suma de US$ 503.114 que había sido secuestrada en un operativo de la Policía de Seguridad Aeroportuaria en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, el 28 de agosto de 2008.
En esa oportunidad se intentaba trasladar ese dinero en un “bolso de mano” con destino a la ciudad de Santa Cruz, República de Bolivia. En tal sentido, señaló que se encontraba acreditado judicialmente el origen ilícito del dinero.
Asimismo señaló que la acción penal vinculada con un posible lavado de dinero de origen delictivo se encontraría prescripta, lo que tornaba imposible que la causa prosiga hasta la instancia de sentencia penal, informó la página Fiscales.
Lavado de dinero
En su resolución el Juzgado recogió los argumentos del MPF, al expresar que “resulta forzoso concluir que, además de haber sido retenido en el marco de una investigación por el delito de lavado de activos, el dinero secuestrado al Sr. Raldes Silva carece de dueño.
«Cuanto menos, se trata de un bien de dueño desconocido, por lo que, al haber sido aprehendido por el Estado Nacional, es éste quien tiene la potestad exclusiva para disponer de él y otorgarle la finalidad social que estime pertinente”.
En relación al destino de los fondos, la titular de la acción pública destacó que la estrategia de recuperación de bienes de origen ilícito tiene su correlato de justicia en el destino de los mismos hacia obras de bien público.
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En este punto es claro el art. 305 CP en cuanto establece que “los activos que fueren decomisados serán destinados a reparar el daño causado a la sociedad, a las víctimas en particular o al Estado…”
En tal sentido, Incardona señaló que, teniendo en consideración las particulares y excepcionales circunstancias sanitarias que son de público conocimiento, y que generan un riesgo cierto de colapso al sistema de salud de nuestro país, destinar los fondos decomisados a la lucha contra la pandemia del virus COVID-19 es la solución que mejor se adecua a la función reparatoria del decomiso.