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Causa cuadernos: Casación definió que son válidas las declaraciones de los arrepentidos

La Cámara rechazó los planteos de varios abogados defensores.

El chofer Centeno, supuesto autor de los cuadernos.

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó hoy por mayoría la validez de las declaraciones de los arrepentidos en la llamada «causa cuadernos», al rechazar recursos de las defensas de procesados en la causa.

En un fallo de 200 carillas, los camaristas Daniel Petrone y Diego Barroetaveña desestimaron los planteos de las defensas para declarar la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido e invalidar los dichos de quienes se convirtieron en imputados colaboradores en la investigación.

Los jueces, con la disidencia de la tercera camarista Ana María Figueroa, consideraron que será en la etapa de un futuro juicio oral donde «con la amplitud probatoria propia del debate, serán dirimidos todos los planteos que puedan surgir para el supuesto de que en algún caso concreto se verifique afectación de garantías constitucionales».

«Es menester reiterar que la alegada defectuosa registración de las declaraciones recibidas en el marco del acuerdo de colaboración -art. 6 de la Ley 27304- no afecta la validez del acto en sí», consideró el fallo al rechazar planteos vinculados a la falta de registro fílmico o de audio de esas confesiones.

Sin embargo, los jueces sí advirtieron que la falta de registro de las declaraciones de los imputados colaboradores «podría incidir, en su caso, con mayor o menor intensidad en las distintas etapas en que deba ser evaluado para determinar las responsabilidades penales de los aquí imputados».

De vuelta

Los jueces tenían previsto emitir el fallo la semana anterior, pero la definición se postergó porque Barroetaveña debió someterse a una intervención quirúrgica y hacer uso de licencia, de la cual se reintegró el viernes último.

El expediente de la causa de los cuadernos, en la cual están imputados la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y el exministro de Planificación Federal Julio De Vido, entre otros, incluye 31 declaraciones de imputados arrepentidos que buscaron así recuperar su libertad y/o tener alguna reducción en la pena en caso de recaerles una condena.

Las objeciones a las declaraciones de los arrepentidos y a la propia ley que las habilitó fueron hecuas por los abogados de De Vido (Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro); del exfuncionario de Planificación Hernán Gómez (Laura Fechino); del extitular de la UIA Juan Lascurain (Marcelo Mónaco y Damián Real) y del empresario Gerardo Ferreyra (Eduardo Barcesat).

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Tan pronto como comenzó a dar tratamiento a los planteos, Casación pidió al juzgado de instrucción que llevó la causa por los cuadernos del remisero Oscar Centeno el envío «con carácter de urgente» de «soporte fílmico, digital u otro medio técnico en el cual se hayan registrado» las declaraciones de los imputados arrepentidos del caso.

Ya a fines de septiembre último, el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, que subroga el juzgado que quedó vacante tras la muerte de Claudio Bonadio, respondió que no estaban allí las grabaciones y luego Casación continuó, sin éxito, la búsqueda en la fiscalía a cargo de Carlos Stornelli y en el tribunal y la fiscalía que intervendrán en el juicio oral y público.

No hay registro

El reclamo de Casación confirmó lo que ya se sabía: que no hay grabaciones de las declaraciones y que su único asiento son las actas escritas; hecho que las defensas de los imputados cuestionan tras resaltar la ley 27.304 establece que deben «registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior».

Otro de los planteos de las partes apuntaba a que la ley  se aplicó en este expediente con un criterio coactivo, ya que en muchos casos los imputados que confesaron supuestas participaciones en delitos lo hicieron a sabiendas que, de hacerlo, tenían más posibilidades de recuperar su libertad.

«No hay sortijas para todos», fue el mensaje con el que el fiscal Stornelli advirtió en su momento a los abogados, en un mensaje que aludía a que quienes dieran algún dato útil a la fiscalía verían aumentadas sus chances de quedar en libertad.

«La ley del arrepentido, en un sistema como el nuestro, viola la igualdad de armas porque el Ministerio Público Fiscal, que es una de las partes del proceso, es el encargado de llevar adelante la negociación con los acusados», sostuvo uno de los abogados que reclamó la inconstitucionalidad de la ley.

Retroactiva

En los planteos presentados ante Casación, también hubo abogados que resaltaron que no debería aplicarse a este caso una ley votada en el 2016 porque se investigan hechos ocurridos supuestamente en el año 2003.

El caso de los cuadernos explotó a fines de julio de 2018 cuando el juez Bonadio dispuso una serie de detenciones de empresarios y exfuncionarios kirchneristas a los que acusó de formar parte de una asociación ilícita encabezada por la ex mandataria y dedicada a recolectar coimas vinculadas a las asignaciones de obra pública.

La información que dio origen a la causa surgía de las fotocopias de los cuadernos supuestamente escritos por Centeno, que dijo haber anotado los viajes del exfuncionario de Planificación Roberto Baratta, a quien señaló como una suerte de recaudador de coimas.

Mientras el caso avanzó sin los originales de los cuadernos, una larga lista de empresarios accedió a suscribir acuerdos de arrepentimiento con el fiscal Stornelli: el primero fue Juan Carlos de Goycoechea, de Isolux, y luego le siguieron otros como Ángel Calcaterra (primo del expresidente Mauricio Macri) o Aldo Rogio y exfuncionarios como Claudio Uberti, ex titular del Órgano de Control de Concesiones Viales.