Todos los condenados por la tragedia ocurrida en el boliche Cromañón pasarán Navidad y Año Nuevo bajo llave. La Cámara de Casación ordenó que todos ellos sean arrestados de inmediato para cumplir las penas de prisión que se le habían impuesto.
El máximo tribunal en materia penal rechazó el recurso extraordinario planteado por las defensa de los condenados por la tragedia ocurridaen el boliche del barrio de Once, que provocó 194 muertos y decenas de heridos.
La resolución fue adoptada este mediodía por la Sala Tercera del tribunal, integrada por los jueces Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Mariano Borinsky, e implica que los condenados, entre ellos el gerenciador de la discoteca Omar Chabán y el líder del grupo Callejeros, Patricio Santos Fontanet, deberán comenzar a cumplir la condena de inmediato.
La misma sala había condenado por «estrago culposo seguido de muerte y cohecho» a 10 años y 9 meses de prisión a Chabán; a 5 al ex manager Callejeros, Diego Argañaraz; a 7 a Fontanet; a 6 años a Eduardo Vázquez (ya condenado por el crimen de su esposa, Wanda Taddei; a 5 años a los restantes músicos de la banda, Christian Torrejón, Juan Alberto Carbone, Maximiliano Djerfy y Elio Delgado; a 3 años al escenógrafo Daniel Cardell y a 6 a Raúl Alcides Villarreal, mano derecha del gerenciador del boliche.
La Cámara también había condenado al ex subcomisario Carlos Rubén Díaz (8 años de prisión e inhabilitación especial perpetua); los ex funcionarios porteños Fabiana Fiszbin (4 años); Gustavo Torres (3 años y 9 meses) y Ana María Fernández (3 años y 6 meses), el primero por cohecho y el restro por omisión de deberes de funcionario público en concurso ideal con incendio culposo seguido de muerte.
La tragedia de Cromañón ocurrió el 30 de diciembre de 2004 cuando, producto de una bengala, comenzó un incendio en la discoteca mientras comenzaba a tocar el grupo de rock Callejeros y terminó con la muerte de 194 personas y unos 300 heridos. El fiscal de juicio, Jorge Lopez Lecube, ya pidió al tribunal oral número 24 -que llevó adelante el juicio original- la inmediata detención de todos.
La Cámara rechazó el recurso extraordinario mediante el cual los condenados intentaban que fuera la Corte la que revisara la sentencia. Todos tienen la posibilidad de recurrir a la Corte, pero mediante un recurso de «queja», que según las normas procesales, no interrumpe la ejecución de la pena.