Dos maestras, una auxiliar y las dos dueñas del jardín maternal «Tribilín» de San Isidro, donde se filmaron escenas de maltrato a los niños, deberán ir a juicio oral luego de que fracasara un pedido de probation donde las acusadas ofrecían no trabajar más en el establecimiento y pagar una suma que, entre todas, sumaba unos 50 mil pesos.
Los jueces del Tribunal en lo Criminal 4 de San Martín Federico Ecke, Hernán San Martín y María Coelho rechazaron el pedido de las defensas, para que se aplicara el instituto de «suspensión de juicio a prueba».
Pero tanto el fiscal como los querellantes se opusieron, y el tribunal entendió que asistía razón a este planteo, ante «la posibilidad de una condena de efectivo cumplimiento al considerar que la calificación legal por la que llegan requeridas y el daño causado a las víctimas incapaces de valerse por sus propios medios obturan la aplicación de la modalidad de ejecución de pena establecida en el artículo 26 del Digesto Sustantivo».
El fiscal Franco Servidio, que instruyó la causa, acusó por los delitos de «abandono de persona agravado por el resultado, amenazas y lesiones» a las docentes Yanina Gogonza y Noelia Gallardo; a la madre de Gogonza, Graciela Di Pascuale, quien se desempeñaba como auxiliar, y a las dos propietarias del establecimiento, ubicado en O’Higgins al 500 de San Isidro.
El caso fue un escándalo a principios de 2013, cuando un padre de una de las nenas que iba a ese jardín puso un iPod escondido en la mochila de la menor para poder grabar todo lo que pasaba en el lugar y así quedó registrada una secuencia escalofriante de gritos, llantos y hasta golpes.
En su momento la fiscalía solicitó las detenciones de las acusadas pero el entonces juez de Garantías Rafael Sal Lari les concedió la exención de prisión.
Ahora, cerrada la instrucción, los abogados de las acusadas pidieron una probation: las Gogonza hicieron hincapié en la falta de antecedentes y la otra maestra ofreció 36 mil pesos, pagaderos en 18 cuotas como reparación económica y «la realización de trabajos comunitarios y a no ejercer su profesión de maestra jardinera por dos años», pudo saber esta agencia.
Las dueñas del establecimiento, en tanto, remarcaron que la pena podría ser de cumplimiento condicional, porque parten de un mínimo de tres años de prisión y su defensa remarcó que, «de acuerdo a las posibilidades económicas de sus asistidas, actualmente desocupadas» podrían aportar como «reparación económica la suma de $ 10.000 cada una de ellas, así como la realización de tareas comunitarias».
El fiscal Servidio se opuso «en base a la calificación legal de los hechos; el daño causado a los niños por el trato agresivo, violento, descalificante, amenazante y tortuoso brindado a incapaces de valerse por sus propios medios, cuando se encontraban a cargo de las acusadas».
Mientras, la querella subrayó que «la suspensión de juicio a prueba es un modo alternativo de resolución de conflicto que tiende a la paz social» pero «esto no se cumple en el caso sino que, la concesión del régimen, produciría todo lo contrario».
«Aquí opera el interés superior de los niños, quienes merecen el dictado de una sentencia que permita tener por cierto lo que ocurrió», sostuvo el querellante.
El tribunal entonces rechazó el planteo y convocó a llevar el caso a juicio oral, cuyo inicio dependerá de las apelaciones de las defensas.