Los alcances de la causa que el juez Alejo Ramos Padilla lleva adelante sobre una banda dedicada al espionaje ilegal, la extorsión y el direccionamiento de expedientes judiciales, entre otras maniobras, son imprevisibles. El magistrado resolvió hoy informar a su colega Claudio Bonadio y a las diputadas nacionales Elisa Carrió y Paula Oliveto y a la legisladora del Parlasur Mariana Zuvic que están imputados y que pueden hacer uso de su derecho a presentarse a declarar para realizar sus descargos.
Ramos Padilla resolvió notificar al juez y a las parlamentarias en los términos de los artículos 73 y 279 del Código Procesal Penal. Es decir, no se trata de una citación a prestar declaración indagatoria, como fue en el caso del fiscal en rebeldía Carlos Stornelli. Les da la posibilidad de que se presenten, si quieren, a aclarar la situación y presentar pruebas o evidencias.
El artículo 73 sostiene que “la persona a quien se le imputare la comisión de un delito por el que se está instruyendo causa tiene derecho, aun cuando no hubiere sido indagada, a presentarse al tribunal, personalmente con su abogado defensor, aclarando los hechos e indicando las pruebas que, a su juicio, puedan ser útiles”.
Mientras que el 279 se refiere a la presentación espontánea y precisa que “la persona contra la cual se hubiera iniciado o esté por iniciarse un proceso, podrá presentarse ante el juez competente a fin de declarar. Si la declaración fuere recibida en la forma prescripta para la indagatoria, valdrá como tal a cualquier efecto. La presentación espontánea no impedirá que se ordene la detención, cuando corresponda”.
La decisión de Ramos Padilla va en línea con una resolución de la Cámara Federal que le indicó que debía precisar los alcances de la banda encabezada por el falso abogado Marcelo D´Alessio y los hechos investigados. Por ese motivo dio vista al fiscal y a las querellas para que “en el término de 10 días identifiquen nuevos hechos y planes delictivos de la asociación ilícita investigada, sus alcances, posibles víctimas, autores, partícipes y/o encubridores y toda otra apreciación que resulte útil, pertinente y trascendente”.
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El juez sostuvo en la resolución que “se investiga una organización criminal clandestina que utilizó diversas herramientas del espionaje ilegal con fines políticos y económicos que actuó en varias jurisdicciones del país y en el exterior”. Pero además, remarca que no se trata de “un simple grupo de estafadores o extorsionadores”, sino de un grupo de personas que mediante sus acciones “afectan instituciones del sistema democrático”.
En el escrito, Ramos Padilla sostuvo que son investigados al menos 30 hechos llevados adelante por el grupo encabezado por D´Alessio, aunque no todos los sospechosos llevaron adelante todas las maniobras. Se refiere a millonarias operaciones de lavado de dinero, al espionaje de empresarios vinculados con Irán en Uruguay, a maniobras para involucrar abogados defensores de imputados en la causa de las fotocopias de los cuadernos, el espionaje a funcionarios radicales en Corrientes, entre otros puntos de enorme gravedad, además de extorsiones a empresarios como la que dio origen a la causa, con la denuncia de Pedro Etchebest.
El juez sostuvo también que la banda se dedicó a la realización de investigaciones criminales sin poseer facultades legales para hacerlo; captación de comunicaciones sin autorización legal; obtención de información confidencial por medios ilícitos; y la implementación de técnicas basadas en la manipulación de información, mediante estrategias intimidatorias para coaccionar a terceras personas.
Y en esa línea resolvió ayer citar a indagatoria al periodista Daniel Santoro al considerar que era parte del engranaje para doblegar a las víctimas de la banda, mediante la amenaza de publicaciones en el diario Clarín o en el programa Animales Sueltos, donde salió eyectado cuando fue acusado de espiar a sus compañeros de mesa.