El juez de Garantías 2 de San Isidro, Orlando Díaz, resolvió hoy otorgar la eximición de prisión en orden al delito de “homicidio culposo” del médico Leopoldo Luque, en la causa que se investiga a eventuales responsables de la muerte de Diego Armando Maradona.
Díaz avaló así el planteo que la defensa de Luque había hecho el lunes último y que ayer amplió en una presentación en la que realizó un descargo sobre la actuación de su cliente.
Además el profesional deslindó responsabilidades en otros médicos, en la familia y en el propio Maradona, respecto a su internación domiciliaria.
De esta manera, Luque permanecerá en libertad en caso de que en un futuro los fiscales a cargo de la causa, Laura Capra, Cosme Iribarren y Patricio Ferrari, pidan su detención por ese delito.
La carátula de “homicidio culposo” (sin intención), figura en el artículo 84 del Código Penal y que prevé una pena de 1 a 5 años de cárcel a quien por imprudencia, negligencia, impericia en su profesión causare a otro la muerte.
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Esa figura la mencionó por el propio Díaz cuando el domingo último otorgó los allanamientos en la casa y el consultorio de Luque.
Ayer, el juez que tiene jurisdicción en las causas que tramiten en Tigre, le corrió vista a la fiscalía para que haga la descripción circunstancial y pormenorizada del presunto hecho delictivo que está investigando y para que opte por una calificación penal, es decir, que ponga una carátula.
Capra, Iribarren y Ferrari le contestaron que aún están en una etapa preliminar de la investigación, en plena recolección de prueba y que, por ello, no están en condiciones de definir la plataforma fáctica y menos la calificación.
Resolvió el juez
Ante ello, el juez decidió hoy otorgarle la eximición de prisión a Luque, teniendo en cuenta entre otros aspectos que no existen riesgos procesales de fuga, ni de entorpecimiento de la investigación.
En el primer escrito de la defensa -presentado el lunes y al que tuvo acceso Télam-, la abogada Mara Digiuni sostuvo que pedía la eximición de prisión ante la posibilidad de que su cliente fuera “imputado en la presente causa por el delito de homicidio culposo” y resaltó “su inocencia” y que “ha estado a derecho desde un inicio”.
El segundo escrito ampliatorio, Digiuni y el otro defensor del neurocirujano, Julio Rivas, lo presentaron ayer ante el temor de que los fiscales agraven la calificación y pidan una detención por “abandono de persona seguida de muerte”, con pena de 5 a 15 años de prisión.
“Nuestro asistido nunca puso en peligro la vida o la salud de su amigo y paciente”, “las propias hijas y medicina prepaga le colocaron un clínico para que lo revisara”, “nadie pudo imaginarse ni representarse que su corazón repentinamente fallara”, “Diego Maradona decidía por sí solo” y “Maradona nunca fue abandonado por Leopoldo Luciano Luque”, son las algunas de la frases del descargo asentadas en el escrito.