| Lo resolvió la Cámara de Casación Penal

Ordenan reabrir una causa contra Emir y Alfredo Yoma

Es por el cobro indebido de reintegros por IVA. Habían sido beneficiados en instancias anteriores y la AFIP apeló. Ordenan al juzgado de La Rioja que siga con la causa.

La Cámara Federal de Casación Penal revocó el sobreseimiento de Afredo y Emir Yoma por prescripción en la causa por el uso indebido de más de siete millones de pesos del Estado Nacional por parte de la curtiembre «Yoma SA».

La decisión fue de la sala IV del máximo tribunal penal del país, que revocó un fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba en beneficio de los Yoma, sobreseídos en primera instancia por el juzgado federal de La Rioja donde tramita la causa, según la resolución de los camaristas Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinsky.

El tribunal hizo lugar a una apelación de la AFIP, querellante en la causa, contra el fallo que cerró la causa por prescripción en el 2012, según la resolución.

Los camaristas entendieron que la causa penal contra los ex cuñados del ex presidente de la Nación, Carlos Menem, no está prescripta, y ordenaron al juzgado riojano proseguir con la pesquisa que investiga el cobro de reintegros del IVA «por una suma superior a la que verdaderamente le correspondía» a raíz de operaciones de exportación.

«La acción penal en estos obrados aún permanece activa. En efecto, no bien se armonice el hecho de que el episodio ventilado en estos obrados cesó de cometerse el día 23 de marzo de 2001 (art. 63 del Código Penal), con las circunstancias de que el aquí acusado fue convocado a deponer en indagatoria el día 20 de febrero de 2008» por un delito que prevé una pena máxima de 9 años de prisión, consideró en su voto el camarista Gemignani.

«Es palmario que la acción penal permanece viva», concluyó en una postura similar a la que mantuvieron en sus votos Hornos y Borinsky.


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