Las coberturas de los seguros en las inundaciones

En las ciudades de Buenos Aires y La Plata vivimos gravísimas inundaciones con victimas fatales, lesionados y cuantiosas pérdidas materiales. Vinculado con esto ultimo me gustaria puntualizar los aspectos relacionados a las distintas coberturas de seguros, sus aplicaciones y posibilidades, en torno a automóviles, hogares y comercios, más la responsabilidad del Estado por su deber de brindar seguridad, previsibilidad y obras.

En los seguros de autos, es dable mencionar que en nuestro pais, son tres las coberturas más comercializadas, la primera de ellas, y que posee el 80 % de los asegurados, ya que el 35 % de los automóviles que circulan NO cuentan con ninguna póliza, es la conocida como “clase C” terceros completos, que únicamente cubre el daño en el caso que el mismo configure la destrucción total del rodado. O en líneas generales, que el valor de su reparación sea superior al 80 % del mismo, no aplicando esto a los daños parciales, que puedan haberse ocasionado.

La segunda y que nada cubre aquí, es la obligatoria de responsabilidad civil y la tercera y más completa es la de todo riesgo con franquicia, en la que sí están cubiertos en la que sí, están cubierto los daños parciales y totales, con la deducción según la franquicia que cuente el asegurado.

En materia de seguros de hogares y comercos la regla es la no cobertura de daños por inundación, únicamente cubriéndose aquí los daños por agua producidos por ejemplo por la rotura de un caño.

En los daños producidos en las cocheras juegan por un lado, las condiciones de cobertura del propio vehículo, más las del seguro obligatorio del comercio.

Por último es dable puntualizar la responsabilidad del Estado en la materia por la falta de infraestructura adecuada, dada la previsibilidad del tema. la carencia de obras, etc. De todos modos, cada caso merece un análisis particular.

*Abogado.


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