| Crímenes de lesa humanidad

Indignación por fallo de la Corte que otorgó el beneficio del 2×1 a un represor condenado

Los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Highton dijeron que se debe aplicar el beneficio, mientas Lorenzetti y Maqueda votaron en contra. Críticas de Abuelas y Madres de Plaza de Mayo.

La Corte quedó envuelta en la polémica.

La Corte quedó envuelta en la polémica.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, declaró aplicable el beneficio del cómputo del 2×1 para el caso de un condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en el Hospital Posadas, en el oeste del Gran Buenos Aires, lo que generó el rechazo de organismos de defensa de los derechos humanos.

La decisión de la mayoría constituida por los ministros Elena Highton, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz sostuvo que el beneficio de la ley penal más benigna resulta extensivo y se aplica «siempre» a todos los delitos, sin distinción alguna.

Con este argumento, declaró aplicable al caso del represor condenado Luis Muiña la Ley 24.390 (conocida como 2×1), que estuvo vigente entre 1994 y 2001, cuando fue derogada, y que computa dos años por cada uno efectivamente preso a partir de los dos años de prisión preventiva.

«En su voto, que conforma con sus fundamentos la mayoría, el juez Rosatti expuso el dilema moral que plantea en el juzgador la aplicación de un criterio de benignidad a condenados por delitos de lesa humanidad, para concluir que este dilema debe ser resuelto con la estricta aplicación de la Constitución y las leyes. Afirmó que si el legislador no previó un régimen diferenciado que excluyera la aplicación de la ley penal más benigna a los delitos de lesa humanidad no lo puede hacer ahora el juez, pues de otro modo éste se convertiría en aquel, violentándose el principio constitucional de división de poderes», informa el CIJ.

Agregó el magistrado que tal conclusión no supone desconocer que los delitos de lesa humanidad expresan el estadio más degradado en que ha caído la naturaleza humana, y tampoco conlleva ignorar que el régimen durante el cual se perpetraron los ilícitos probados en la causa descendió a niveles de inhumanidad nunca vistos en nuestro país desde la sanción de la Constitución Nacional, tal como lo describiera en sus votos en las casos “Villamil” y “Alespeiti”, de marzo y abril pasados.

Pero un Estado de Derecho, agregó el juez Rosatti, no es aquel que combate a la barbarie apartándose del ordenamiento jurídico sino respetando los derechos y garantías que han sido establecidos para todos, aun para los condenados por delitos aberrantes. La humanidad contra la cual fueron cometidos estos crímenes exige del Estado de Derecho la necesaria imparcialidad en la aplicación de las leyes referidas a su juzgamiento, pues de lo contrario se correría el riesgo de recorrer el mismo camino de declive moral que se transitó en el pasado.

En disidencia, votaron los jueces Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte, y Juan Carlos Maqueda, quienes argumentaron que ese beneficio no es aplicable a los condenados por delitos de lesa humanidad.

“Que el principio de la ley penal más benigna tiene rango constitucional, y requiere la evaluación de si la ley posterior al hecho es la expresión de un cambio en la valoración de la clase de delito correspondiente a los hechos de la causa, lo que no ha ocurrido en el caso”, justificaron ambos magistrados que no avalaron la aplicación del 2×1.

«Es una estafa a la moral social, nos están destruyendo no sólo en lo económico, sino en lo moral. Estoy indignada, sorprendida. Nos están destruyendo física y moralmente. Es una lucha a la que falta y esto es un retroceso. Es una justicia impura», se quejó también Estela de Carlotto en la radio AM 750.

“No les importa nada, basurean la memoria de nuestros hijos. Es un día nefasto”, expresó su bronca y dolor Taty Almeida, integrante de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora.