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El IVC no quiere informar a la Justicia cuántas viviendas construyó

Dos defensoras oficiales le pidieron al organismos un informe sobre su gestión, pero no reciben respuesta. La cuestión llegó al Tribunal Superior de Justicia porteño.

El IVC no quiere dar precisiones.

El IVC no quiere dar precisiones.

Pese a que el gobierno de la ciudad anuncia planes de urbanización de villas y barrios carenciados, el Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC) se niega en forma sistemática a informar sobre los créditos que otorga cada año, las casas que construye o los emprendimientos colectivos que hay en marcha para brindar soluciones, en una ciudad que tiene un histórico déficit habitacional.

Ante la negativa a brindar información en sucesivas instancias luego de sucesivos pedidos de defensoras oficiales el tema llegó hasta el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, que deberá resolver si obliga al organismo a dar a conocer la información que se le requiere por parte de las defensoras oficiales.

“La CABA tiene la obligación de resolver progresivamente el déficit habitacional, de infraestructura y de servicios, dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica y con necesidades especiales de escasos recursos. Así lo prevé el artículo 31 de la Constitución de la Ciudad”, señala la defensora ante la Cámara en Contencioso Mariana Pucciarello.

“El dispositivo institucional creado con ese objetivo es el Instituto de Vivienda de la Ciudad” explica la presentación y agrega que “anualmente recibe un importante presupuesto con el objeto de cumplir con el objetivo antes señalado”.

“No obstante ello, el problema habitacional crece año a año sin dar respuesta al importante déficit ya existente ni al que se genera como consecuencia del mero crecimiento demográfico”, describe la defensora.

“Todo aquello se hace evidente de muchas maneras. No sólo se ve a simple vista en las calles sino que existen estudios que así lo demuestran. Uno de los ámbitos en los que ese déficit se manifiesta es la Defensoría General de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo principal motivo de litigio está relacionado con la falta de viviendas y uno de sus efectos más graves que es la gente en situación de calle”, concluye la Defensoría de Cámara, en el planteo presentado ante el TSJ.

“De las 200.000 solicitudes presentadas por familias con problemas de acceso a la vivienda, sólo se efectivizaron 508 créditos hipotecarios. Esto se debe, en parte, al desajuste que existe entre los altos precios del suelo en la CABA y los montos prestados por el crédito, sumado a las condiciones y requisitos que se exigen, por lo que sólo un 0,25% de los solicitantes pudo acceder efectivamente a una vivienda definitiva», dice un informe de la Comisión de Vivienda del Consejo Económico y Social, publicado en mayo de 2015.

La Defensoría en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°1, a cargo de Lorena Lampolio y luego la Defensoría de Cámara CAyT N°2, a cargo Pucciarello, solicitaron al IVC

que detalle la cantidad de créditos otorgados en el marco de la ley N° 341, el progreso en la construcción de viviendas sociales y los avances del programa de integración y transformación de villas.

El planteo se realizó primero en forma administrativa ante el propio IVC, pero como el instituto no respondió luego se presentó un amparo en la justicia porteña. En primera instancia el juez en lo contencioso Aurelio Ammirato hizo lugar al planteo y ordenó que se difundiera la información requerida. El gobierno porteño apeló ante la Cámara y ese tribunal ordenó que diera la información disponible.

“Qué no es lo mismo que preparar un informe para contestar a nuestras preguntas”, explicó a BigBang la defensora Pucciarello. “Por eso presentamos un recurso de inconstitucionalidad ante el TSJ para que orden que se difunda la información del IVC que debe ser pública”, agregó la defensora.

El artículo 31 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires dice: “La Ciudad reconoce el derecho a una vivienda digna y a un hábitat adecuado. Para ello: Resuelve progresivamente el déficit habitacional, de infraestructura y servicios, dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica y con necesidades especiales de escasos recursos”.

El instrumento para concretar lo dispuesto por el artículo 31 es la Ley 341 de la ciudad, por la cual se crea en el año 2000 la Comisión de la Vivienda, que luego deriva en el IVC. El primer artículo de la ley dice: “EI Poder Ejecutivo, a través de la Comisión Municipal de la Vivienda, instrumentará políticas de acceso a vivienda para uso exclusivo y permanente de hogares de escasos recursos en situación crítica habitacional, asumidos como destinatarios individuales o incorporadas en procesos de organización colectiva verificables, a través de cooperativas, mutuales o asociaciones civiles sin fines de lucro, mediante subsidios o créditos con garantía hipotecaria”.

Según Pucciarello el IVC “es como una especie de banco social, que tiene fondos propios y nacionales, que son los fondos fonavi. La ciudad le asigna fondos pero se usan para otros fines. La ciudad tiene poco oferta de vivienda y poca gestión, puede construir, dar créditos, para comprar o construir, pero no cumple el fin para el que fue creado”.

Los defensores pidieron saber el número total de solicitudes, el número de créditos adjudicados, el número de viviendas escrituradas, tanto en forma individual como en forma colectiva, el presupuesto asignado vigente y devengado entre 2011 y 2014, las nuevas construcciones destinadas a vivienda social, localización, plazos, población beneficiada, empresa constructora, etc.

También se piden informes sobre el programa primera casa Buenos Aires, programa vivienda porteña, programa primera casa, programa mejor vivir, programa de reintegración e integración de villas, rehabilitación de conjuntos urbanos, intervenciones que se realizaron, plan de rehabilitación del hábitat del barrio de La Boca.

“Estamos evaluando qué respuesta vamos a dar”, dijo una fuente del IVC, cuando se le preguntó sobre el pedido de informes de la defensoras oficiales.