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El ex presidente Menem fue condenado por contrabando de armas a Croacia y Ecuador

Por Rafael Saralegui.

Después de 18 años y con un fallo de 237 fojas se hizo justicia. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal condenó hoy al ex presidente Carlos Menem (1989-1999) por el tráfico de armas a Croacia y Ecuador, cuando los dos países estaban inmersos en sendos conflictos bélicos y violando tratados internacionales. Los magistradors resolvieron que debe ser el Tribunl Oral en lo Penal Económico el que debe fijar el monto de la pena que deberá cumplir el ex mandatario.

Menem y quien era su ministro de Defensa cuando ocurrieron los hechos, Oscar Camilión, fueron condenados por el delito de contrabando agravado, que tiene una pena prevista en el Código Penal de entre cuatro y diez años de prisión. En setiembre de 2011, Menem y otros 17 acusados habían sido absueltos en la causa por el Tribunal Oral en lo Penal Económico número 3, y luego el expediente llegó a Casación tras los recursos presentados por el Ministerio Público Fiscal y la Aduana.

El ex presidente fue condenado por contrabando agravado.

El ex presidente fue condenado por contrabando agravado.

Los camaristas jueces Raúl Madueño, Juan Gemignani y Luis Cabral, integrantes de la Sala I de la Cámara de Casación, la máxima instancia penal de la justicia nacional, condenaron además por el mismo delit oal ex interventor en la Dirección General de Fabricaciones Militares Luis Sarlenga, a la funcionaria de ese organismo, Teresa Irañeta y el comerciante de armas Diego Palleros. También fueron condenados Manuel Cornejo Torino, Jorge Antonio Cornejo Torino, Carlos Haroldo Fusari, Carlos Alberto Nuñez, Julio Jesús Sabra, Edberto González De la Vega y Carlos Jorge Franke.

En tanto, la sala I ratificó las absoluciones que el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº3  había dictado a favor del ex asesor y ex cuñado de Menem, Emir Yoma, y de los otros imputados Mauricio Muzi y Enrique Julio de la Torre.

Los jueces condenaron a Menem por el delito de contrabando agravado por tratarse de material bélico, estar involucrados en la maniobra funcionarios públicos y haber participado más de tres personas en diez hechos. La misma figura se utilizó para el resto de los condenados, aunque difieren la cantidad de hechos que se le adjudican a cada uno de los imputados.

Camilión era ministro de Defensa cuando ocurrieron los hechos.

Camilión era ministro de Defensa cuando ocurrieron los hechos.

Menem estaba acusado por la fiscalía y la querella por haber firmado, en su condición de presidente  los decretos del PEN nros. 1697/91, 2283/91 y 103/95, a través de los cuales  se autorizaron las operaciones de exportación realizadas por la Dirección General de Fabricaciones Militares, con intervención de las empresas Debrol International Trade S.A. y Hayton Trade S.A., y que se  realizaran mediante los vapores OPATIJA -que zapara el 20/9/91-, SENJ, KRK, OPATIJA- que zarpara el 14/8/93-, GROBNIK, LEDENICE y RIJEKA EXPRESS y los tres vuelos realizados en fechas 17, 18 y 22/2/95 por la empresa Fine Air, «sosteniéndose que por las características de los destinos declarados en los decretos, sabía que el material  bélico iba a un destino distinto del indicado en los decretos referidos».

Los barcos mencionados fueron los que trasladaron el material bélico (cañones, obuses y municiones, entre otros elementos) a Croacia, mientras que los aviones fueron los que trasladaron fusiles FAL y municiones a Ecuador, cuando ese país se hallaba en guerra con Perú. La venta se realizó pese a que la Argentina figuraba como garante de paz de un tratado que habían firmado los dos países. Croacia también estaba impedido de comprar material bélico por disposición de las Naciones Unidas. En todos los casos, los decretos dijeron que las ventas estaban destinado a otros países, como Panamá y Venezuela.

Los jueces recordadon que durante el proceso oral se dio por probado que  «parte del material que fuera objeto de algunos de los traslados realizados se encontraba conformado por  armamento liviano compuesto por fusiles FAL, entre otros, piezas de artillería consistentes en cañones Citer de 155 mm y obuses Oto Melara de 105 mm, munición de -9-7,62-12,7-105 y 155 mm y pólvora. Una parte del material egresó de las  fábricas militares y otra de unidades militares. El que se retiró de las fábricas militares en algunos casos pertenecía a su stock y en otros procedía de arsenales del Ejército, el que a su vez en algunos casos previo a su egreso era sometido a diversos tratamientos realizados en las plantas productoras en cuestión, a efectos de su reacondicionamiento. Una porción 142 del armamento era viejo y otra además era usado. La munición  pudo verificarse que en algunos casos estaba vencida y en otros se encontraba prohibido su uso».

Es decir, que para poder cumplir en tiempo y forma con los pedidos del material bélico, no sólo se vendió el stock de Fabricaciones Militares, sino que se recurrió a los arsenales de diversas guarniciones militares. Pero antes de realizar los embarques, las armas fueron «maquilladas» para que no se advirtiera que una parte procedía del Ejército Argentino. De todos modos, el «maquillaje» no fue el adecuado porque tanto en Ecuador como en Croacia se encontraron armas a las que se pudo identificar su procedencia de la Argentina.

Los jueces compartieron la acusación a Menem de la querella consistente en «la burla a la fiscalización de la Administración Nacional de Aduanas de las operaciones de venta de material bélico a las  Repúblicas de Croacia y Ecuador por parte de la Dirección General de Fabricaciones Militares, material de venta prohibida a esos países, perpetrada a través del dictado de los decretos 1.697/91, 2.283/91 y 103/95, en los que falsamente se consignó el destino Panamá y Venezuela. Se aprovechó de los decretos para clandestinamente exportar otros materiales bélicos y beneficiarlos con reintegros indebidos».

Fallo completo.

 

 

 

 


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