El nuevo texto del Código Civil y Comercial aprobado por la Cámara de Diputados ayer gracias al voto del oficialismo y sus aliados, trae una serie novedades que pasamos a enumerar a continuación.
Divorcio exprés. Determina que el matrimonio no deberá cumplir un plazo mínimo para deshacerse mediante divorcio, como ocurre hasta ahota. Alcanza con la libre petición de uno o ambos cónyuges. Ya no hay «culpable» de la separación.
Acuerdos prenupciales. Se contempla la posibilidad de que las parejas puedan acordar, antes del matrimonio, el modo en que se repartirán los bienes en caso de divorcio. Esto no existía en el Código anterior.
Unión convivencial. Abarca la unión de dos personas del mismo o de diferente sexo, basada en una relación afectiva, que conviven y comparten un proyecto de vida en común. Esta relación otorgará derechos similares a los del matrimonio.
Comienzo de la vida. Lo establece en la «concepción», en línea con el criterio actual, y se consideró que fue una concesión a la Iglesia.
Acceso al agua. En una de las iniciativas más polémicas y resistidas por diferentes sectores de la sociedad civil porque el oficialismo borró el artículo que garantiza el acceso a agua potable para la población.
Responsabilidad del Estado. Pasa al ámbito de aplicación del derecho administrativo, más benigno. Los casos prescriben a los tres años y cada provincia emite sus normas. También fue cuestionado por la oposición.
Sociedades. Se autoriza la constitución de sociedades unipersonales, mediante sociedades anónimas sujetas a fiscalización estatal.
Moneda extranjera. Se habilita al deudor de obligaciones en moneda extranjera a librarse de su obligación mediante la entrega del equivalente en moneda de curso legal, al tipo de cambio oficial.
Adopción. Se agiliza el procedimiento de adopción mediante la incorporación de plazos reducidos y se incorpora la adopción por integración, referida al hijo del cónyuge o del conviviente. Se admiten la adopción conjunta y unilateral.
Barrios privados. Se elimina el procedimiento conocido como «bolilla negra» en los barrios privados; así, los countries ya no podrán negar la admisión de propietarios.