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Coronavirus: 50 denuncias diarias por violación de la cuarentena

La Justicia se puso en marcha a partir de la denuncia de particulares.

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La policía actúa ante las denuncias en la Justicia.

La Justicia federal porteña registró este fin de semana un pico de denuncias por supuestas violaciones a la cuarentena obligatoria de 14 días a quienes regresen de países de riesgo a raíz de la pandemia de coronavirus.

«Se recibió un promedio de unas 50 denuncias diarias entre viernes, sábado y domingo» en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, explicaron fuentes judiciales.

Por otro lado y desde que comenzó su turno ayer, el juez federal Luis Rodríguez recibió otras 25 denuncias y en 15 de ellas dispuso consigna policial para garantizar que se cumpla la cuarentena.

A raíz de la situación, se dispuso un protocolo de intervención que fijó que, en primer lugar, concurra a la vivienda denunciada personal de Migraciones y del Ministerio de Salud para verificar si se cumple la cuarentena en el caso de que las personas denunciadas hayan regresado de zonas de riesgo.

En caso de comprobarse el incumplimiento, se notifica la cuarentena y «el que manifiestamente la desobedece o ante evidencias que indiquen que no la va a cumplir» se ordena custodia policial.

Indagatorias

Una vez terminado el período de cuarentena con custodia policial habrá citaciones a declaración indagatoria y se evaluarán detenciones de acuerdo a cada caso en particular, anticiparon fuentes judiciales.

Durante el fin de semana hasta el domingo pasado, estuvo de turno con policía en Comodoro Py 2002 el juzgado de Marcelo Martínez De Giorgi y en la segunda quincena de marzo estará en esa situación el juzgado federal 9, a cargo de Luis Rodríguez.

En el juzgado de Martínez De Giorgi se recibió un promedio de 50 denuncias diarias y se dispuso consigna policial en aquellos casos en que los agentes tuvieron resistencia o negativa a cumplir la orden de aislarse.

Los delitos para quien incumpla están previstos en los artículos 205, 202 y 203 del Código Penal.

Dos años de prisión

El artículo 205 del Código Penal establece que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

En tanto, el 202, fija penas de 3 a 15 años a quien «propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas» y el 203 establece multas por «imprudencia, negligencia o inobservancia de deberes a cargo».