Este lunes, comenzará en Salta el primer juicio oral que en Argentina tendrá entre los acusados a un empresario por crímenes de lesa humanidad. El dueño de la transportista La Veloz del Norte, Marcos Jacobo Levín, de 76 años, será juzgado por haber instigado el secuestro y las torturas de las que fue víctima al chofer y militante sindical de la empresa, Víctor Manuel Cobos, en 1977.
A juicio, también llegan junto a Levín el ex comisario de la seccional 4ª de Salta, Víctor Hugo Almirón (69), el ex subcomisario Víctor Hugo Bocos (65) y el ex policía Enrique Víctor Cardozo (68). Almirón y Bocos, en su carácter de jefes, están imputados de haber dispuesto, ordenado y producido el secuestro y las torturas de Cobos, mientras que Cardozo está acusado de haber privado de la libertad y aplicado tormentos a la víctima.
El debate estará a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta, integrado por Marta Liliana Snopek (presidenta), Gabriel Casas y Federico Díaz. En la acusación, intervendrán el fiscal general Francisco Santiago Snopek y el fiscal ad hoc Juan Manuel Sivila, mientras que representando a la víctima, que es querellante, se desempeñará el abogado Arnaldo Leiva.
De acuerdo con el cronograma dispuesto por el Tribunal, las audiencias se realizarán en principio este lunes 24 y luego el 31 de agosto, y el 7 y el 21 de septiembre. En todas esas jornadas, está prevista la recepción de testimonios. Aún no se ha programado la fase final del debate.
La defensa de los imputados intentó a último momento obstaculizar el inicio del debate: el abogado de Levín planteó la falta de jurisdicción del TOF por incumplimiento del mandato constitucional de ser juzgado por jurados; el representante legal de Bocos se presentó acompañando constancias médicas que dan cuenta de que su asistido fue operado de próstata en julio, razón por la cual no podía asistir a la audiencia preliminar, que se realizó este jueves, y pidió que lo revise un médico para constatar si está en condiciones de comenzar el juicio, y Cardozo presentó nuevo abogado defensor, lo que generalmente se traduce en un pedido de suspensión del debate para estudiar la causa.
El disciplinamiento de los trabajadores
Los hechos que llegan a juicio oral comenzaron a las 9:30 del 22 de enero de 1977, cuando Cobos se encontraba trabajando en la empresa y se disponía a salir de viaje de servicio. En ese momento Bocos -quien además de ser subcomisario trabajaba en la empresa a las órdenes de Levin-, Cardozo y el policía Ramón Inecio Figueroa detuvieron al trabajador, le quitaron el maletín que llevaba consigo y, sin explicaciones, lo llevaron a la comisaría 4ª a bordo de un Ford Falcon color gris que era propiedad de La Veloz del Norte.
En la seccional, Cobos fue conducido al fondo, donde Bocos «le propuso que declare en contra suya y de sus compañeros de la empresa diciendo que todos robaban a la empresa boletos y talonarios», describió la fiscalía en el requerimiento de elevación a juicio.
«Ante la negativa de Cobos, lo tomaron de atrás, le colocaron una venda en los ojos y una capucha cerrada con una piola en el cuello, le ordenaron desvestirse completamente y luego lo esposaron y lo tomaron de los brazos, insistiendo sus captores con idéntico requerimiento», narraron en el pedido de juicio oral el fiscal general Eduardo Villalba y el fiscal ad hoc Sivila.
Cobos volvió a negarse y recibió una trompada en el estómago, dos personas lo levantaron por los codos y le torcieron los brazos, lo cual le produjo la rotura de los ligamentos en los hombros, y luego continuaron golpeándolo en el torax y el estómago hasta dejarlo inconsciente.
Al recobrarse, los torturadores insistieron con la «propuesta» y Cobos volvió a negarse. Le dijeron que le «iban a hacer escuchar un poco de música», prendieron una radio, hicieron arrancar una moto y comenzaron a aplicarle picana por todo su cuerpo desnudo «mientras le decían que lo iban a dejar impotente». Hubo una pausa de media hora y los suplicios continuaron hasta las 19.00 de aquél día.
A las 2:00 de la mañana, el subcomisario Bocos volvió a presentarse en el lugar y le dijo al resto de los policías presentes, entre ellos Cardozo: «éste también es subversivo, hay que limpiarlo». Así, una vez más fue torturado con la picana bajo las indicaciones de Bocos.
En ese contexto, Cobos fue interrogado por Bocos «acerca de las actividades de su hermano Enrique y era amenazado con que si no hablaba correría la misma suerte de su hermano Martín, quien fuera acribillado por la policía, en un operativo en el domicilio de la familia», precisó la fiscalía.
El chofer Cobos fue luego alojado junto a otros compañeros de trabajo que también habían sido secuestrados. Más tarde fue obligado a pasar la noche con las manos contra la pared bajo la lluvia, mientras escuchaba los gritos de las torturas aplicadas al resto de los trabajadores.
Cobos fue alojado luego con el resto de sus compañeros en una celda común y, más tarde, llevado frente a un juez de apellido Trincavelli, quien lo obligó a firmar sin mirar la ratificación de una supuesta declaración autoincriminatoria de los hechos que la policía le había atribuido antes de comenzar a torturarlo.
La fiscalía señaló que la detención ilegal de Cobos fue justificada en el marco de una investigación penal abierta en contra de Cobos y otros 23 trabajadores por un supuesto hecho de defraudación denunciado por Levín, quien se reunió con los policías mientras sus empleados estaban secuestrados en la seccional e, incluso, presenció las torturas a Cobos.
En el requerimiento de elevación a juicio, la Fiscalía encuadró los hechos en la complicidad empresaria con el plan criminal de la dictadura y señaló que «el objetivo del accionar represivo en el que intervinieron los sectores empresarios, en líneas generales, no tenía necesariamente como propósito la eliminación de los trabajadores en su conjunto, sino principalmente su disciplinamiento social para el trabajo».
Villalba y Sivila agregaron que «esto explica las razones por las cuales, en muchos casos, como en el de la empresa La Veloz del Norte, los trabajadores inclusive podían ser reincorporados, a pesar de haber sido previamente acusados por la propia empresa» y sostuvieron que «el hecho puede explicarse por motivos económicos y de la organización productiva: el propósito empresarial no era necesariamente desprenderse de la mano de obra disponible, sino simplemente desactivar los conflictos gremiales y, en función de ello, maximizar los beneficios productivos».
Fuente: Fiscales.