| Publicidad engañosa

Claro fue condenada a entregar un Mini Cooper a un cliente

El cliente había participado en un concurso en el que el premio era una coche de esa marca. La empresa sostuvo que era para participar de un sorteo, pero fue condenada.

El premio del concurso era un Mini Cooper.

El premio del concurso era un Mini Cooper.

El juez Civil y Comercial Hernán Carrillo condenó a la empresa de telefonía celular Claro a entregar un automóvil Mini Cooper a un cliente que había participado en un concurso patrocinado por la compañía y que tenía como premio principal un vehículo de esa marca.

La empresa no había reconoció al ganador del certamen, que presentó una demanda por incumplimiento contractual.

Miguel Gastaldi, quien es abogado, accedió a participar de un concurso que consistía en responder preguntas mediante mensajes de texto. De acuerdo a lo que quedó planteado en el expediente, el certamen que impulsaba Claro tenía como premio principal un Mini Cooper.

El usuario contestaba preguntas a través de mensajes de texto y cuando consiguió todos los puntos necesarios del juego reclamó la entrega del premio (vehículo Mini Cooper).

La compañía, por su parte, le comunicó que en realidad había obtenido el derecho a participar del sorteo por un auto, el cual se realizaría a través de la Lotería Nacional. Cabe señalar que a través del juego, se quintuplicó el monto de las facturas de consumo del servicio.

Luego de una infructuosa discusión en la Oficina de Defensa del Consumidor, el usuario se consideró víctima de publicidad engañosa e incumplimiento del deber de información.

En el fallo, el juez aludió a la responsabilidad de Claro: «En ningún momento del intercambio de mensajes hace referencia alguna a la existencia de la base de un concurso y a la conveniencia de que el usuario procediera a consultarla, lo que denota la existencia de publicidad engañosa tendiente a engrosar las facturas de los clientes».

Por las consideraciones del magistrado, se decidió condenar a la empresa a entregarle al usuario en cuestión el auto Mini Cooper cero kilómetro, el cual había sido anunciado como supuesto premio del juego.

En el fallo, el juez aludió a la responsabilidad de Claro: «En ningún momento del intercambio de mensajes hace referencia alguna a la existencia de la base de un concurso y a la conveniencia de que el usuario procediera a consultarla, lo que denota la existencia de publicidad engañosa tendiente a engrosar las facturas de los clientes».


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