El Tribunal Oral en lo Criminal N°9 condenó el viernes a ocho años de prisión a los agentes penitenciarios federales Héctor Miguel Aguilar y Jorge Raúl Rolón, por la imposición de torturas en agosto de 2010 a un detenido en la Alcaidía del Palacio de Tribunales. Los jueces Luis María García, Ana Dieta de Herrero y Fernando Ramírez rechazaron la nulidad pedida por la defensora oficial contra el alegato del fiscal Julio César Castro y el titular de la Procuraduría de la Violencia Institucional (Procuvin), Abel Córdoba, quienes habían pedido 15 años de prisión.
La condena es de 8 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Sin embargo, Aguilar y Rolón seguirán en libertad hasta tanto la sentencia quede firme. Mientras tanto, deberán presentarse en sede judicial cada 15 días y tendrán prohibida la salida del país, que se impuso al término de la audiencia anterior. Se prevé además que el Ministerio Público Fiscal extraiga el testimonio del jefe de turno Asselborn, para determinar si también tuvo responsabilidad en lo sucedido.
A lo largo del debate y con los elementos de prueba incorporados, se corroboró que el delito se produjo alrededor de la 1:30 de la madrugada del 6 de agosto de 2010, cuando la víctima se encontraba en el hall principal de la Alcaidía (Unidad 28 del Servicio Penitenciario Federal) de la calle Lavalle 1337, durante el traslado desde el Cuerpo Médico Forense a una celda.
Fue de gran relevancia el testimonio de la víctima y a la vez querellante. «Procedieron a desvestirme y arrojarme al suelo, para luego aplicarme golpes en distintas partes del cuerpo, mientras Rolón me introducía un palo de goma en el ano», contó durante el juicio. El joven -ahora de 28 años de edad- narró que había sido trasladado desde la cárcel de Marcos Paz; una vez en la Alcaidía, se cruzó con policías uniformados que lo identificaron con otra causa y lo acusaron de “mandar en cana” a un colega suyo. Contó también que fue alojado solo en un pabellón destinado a los detenidos provenientes de la cárcel de Ezeiza, y que por reclamar a gritos su reintegro al lugar que le correspondía “se re cebaron” e ingresó una requisa compuesta por siete agentes que le “pegaron por pegar”. Entonces, fue obligado a desnudarse, lo esposaron contra el piso y lo golpearon.
“No grito más, ya fue”, dijo que repetía a sus victimarios. El joven relató que lo increpaban y cuando levantó la cabeza vio cómo se reían, al tiempo que le pisaban la espalda. “No pensé que iban a llegar eso”, indicó entre lágrimas. Tras ese momento, lo dejaron en la celda, todavía esposado y desnudo. Más tarde le arrojaron la ropa.
En la elevación a juicio, el hecho estaba calificado como apremios ilegales, delito por el que el Código Penal prevé una sanción de uno a cinco años de prisión o reclusión. Sin embargo, durante su alegato Castro y Córdoba formularon la acusación por torturas, figura a la que finalmente se acogieron los magistrados.
El debate se había reanudado por la mañana, con el pedido de absolución de la defensa durante su alegato. La defensora oficial en varias oportunidades calificó de “mendaces” los dichos de la víctima, dejó entrever que con ellos buscaba beneficiarse de alguna forma y criticó que no se haya presentado a todas las audiencias. En su réplica, Castro se preguntó qué beneficio obtendría con una denuncia con la que podría haber perdido la vida, y aseveró que el hombre no tiene por qué “ver la cara de sus torturadores” todos los días.
También durante la mañana, los dos agentes penitenciarios hicieron uso de su derecho a las últimas palabras antes de la sentecia. Rolón definió a ambos como “hombres de bien, con valores” y negó el hecho que se les adjudicó. Aguilar, por su parte, se limitó a decir “soy inocente” con la voz ahogada por el sollozo, que volvió a brotar por la tarde mientras oía el veredicto de los jueces.
Fuente: Fiscales.