 
El fiscal Martín López Perrando apeló el sobreseimiento de Cristian Graf en la causa que investiga la muerte de su excompañero de Diego Fernández Lima, el adolescente de 16 años que era buscado desde el 26 de julio de 1984, y cuyos restos óseos aparecieron el 20 de mayo pasado, en el jardín de la vivienda familiar del sospechoso, en el barrio porteño de Coghlan.
El juez Alejandro Litvack sobreseyó el lunes último a Graf, al considerar que no se pudo probar que realizó maniobras de encubrimiento del homicidio, aunque admitió que los restos fueron encontrados en la casa de su familia, luego de su desaparición hace más de 40 años.
Es que por el tiempo transcurrido, el sospechoso no pudo ser acusado de homicidio, pero la fiscalía lo acusó por encubrimiento, luego de que se encontraron los restos óseos del joven en la casa familiar, cuando se realizaba una excavación en el terreno lindero para construir una torre de departamentos.
En una explicación técnica, el juez Litvack consideró en su resolución que al estar prescripto por el paso del tiempo -41 años- el homicidio del que fue víctima Fernández, el encubrimiento tampoco era punible, ya que “para su configuración es necesario que el delito anterior aún esté en condiciones de ser perseguido”.
El magistrado también argumentó que las acciones de encubrimiento atribuidas por la fiscalía a Graf, como la generación de explicaciones inverosímiles por el hallazgo de los restos, como la “existencia de una iglesia”, “un establo”, o “un camión que pudo haber traído tierra con esos huesos”, las realizó únicamente ante los empleados de la obra y no ante autoridades policiales o judiciales.
La apelación
Sin embargo, en su apelación el fiscal López Perrando rechazó la decisión del juez al dictar el sobreseimiento y explicó que “el delito de encubrimiento es un delito autónomo” que debe analizarse “de forma separada”.
“Entiendo que si bien resulta claro que el homicidio de Diego Fernández habría ocurrido hace más de 40 años, con todo lo que ello implica […] no es menos cierto que al no contarse con una imputación formal dirigida hacia un presunto autor, no resulta prudente considerar que la acción prescribió, ya que -por ejemplo- la comisión de nuevos hechos podrían interrumpir el plazo de dicha prescripción. De tal modo la falta de autor impide la declaración de prescripción que necesariamente debe formularse en concreto”, señaló el fiscal.
Para sostener ese argumento, citó jurisprudencia de la Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional que, en un fallo de 1990, señaló: “A los fines del delito de encubrimiento, si bien no es necesario que se individualice al autor o a la víctima del delito anterior […], es forzoso, en cambio, que el delito encubierto haya sido acreditado en su existencia objetiva, lo cual puede hacerse inclusive dentro del mismo proceso contra el encubridor”.
Con ese tesis López Perrando afirmó en su apelación que “el homicidio de Diego Fernández y su posterior enterramiento en el inmueble de la Av. Congreso 3742, de esta ciudad, se encuentra por demás acreditado”.
Para López Perrando, del análisis integral de los elementos reunidos surge que “el delito encubierto es el homicidio de Diego Fernández, ocurrido hace más de cuatro décadas, y si bien de momento no resulta posible atribuir autoría determinada, sí es posible sostener con razonable grado de probabilidad que el hecho tuvo lugar en el interior de la finca donde fuera encontrado el cuerpo”.
“Existe una afirmación insoslayable y es que Diego Fernández fue asesinado tras ser atacado con un elemento cortopunzante, luego se lo intentó desmembrar para ocultar el cadáver y finalmente fue ocultado a partir de su enterramiento en los fondos de la vivienda habitada desde aquel entonces y hasta el presente por N.C.G.”, agregó el fiscal.
Y agregó que tras el descubrimiento de los restos, los dichos de Graf «resultan no solo absolutamente inverosímiles, sino que denotan un claro conocimiento previo de la existencia de esos restos óseos en el lugar, así como una intención deliberada de desviar la atención y generar hipótesis falsas”.

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