
Rafecas ya no quiere la causa.
El juez federal Daniel Rafecas resolvió este jueves que en la causa por el atentado a la AMIA se realizará un juicio en ausencia contra los diez acusados, ex funcionarios iraníes y miembros de Hezbollah, quienes permanecen prófugos desde hace décadas.
La medida fue adoptada a pedido de la Unidad Fiscal AMIA y se fundamenta en la reciente sanción de la ley de juicio en ausencia, aprobada este año por el Congreso, que habilita a avanzar en procesos penales cuando los imputados eluden sistemáticamente a la Justicia.
El fallo establece que los acusados fueron declarados en rebeldía hace años, están plenamente informados de su situación procesal y nunca respondieron a los reiterados pedidos de extradición.
Los 10 acusados son Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. Tienen alerta roja de Interpol y pedido de captura internacional desde 2006 pero nunca fueron detenidos.
El ataque
Según la investigación judicial, el atentado del 18 de julio de 1994, que dejó un saldo de 85 muertos y más de 150 heridos, habría sido planificado por altos funcionarios del régimen iraní y ejecutado con el apoyo logístico y operativo de Hezbollah, tanto en la Argentina como en la zona de la Triple Frontera.
Rafecas desestimó todas las objeciones planteadas por la Defensa Oficial respecto al nuevo sistema de enjuiciamiento y consideró que, ante la negativa persistente de los imputados a someterse al proceso, corresponde avanzar hacia el juicio oral como única vía para evitar la impunidad.
La decisión judicial busca dar una respuesta institucional concreta a más de 30 años del ataque y representa un giro trascendente en una causa emblemática del terrorismo internacional en territorio argentino.
El fallo aún se puede apelar ante la Cámara Federal, que eventualmente deberá resolver si confirma la resolución del juez de primera instancia.
Los fundamentos
«En muchos casos, especialmente en crímenes internacionales graves (genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad), los acusados son líderes militares o políticos con recursos para ocultarse o huir a países sin extradición. Sin la opción de un juicio en ausencia, estos individuos podrían permanecer prófugos indefinidamente y los casos podrían quedar paralizados, evitando ser juzgados, y privando a las víctimas de justicia”, consideró Rafecas.
“Uno de los principales argumentos a favor de los juicios en ausencia, es que permiten avanzar en la justicia, incluso cuando el acusado evade el proceso penal, ya sea porque no comparece o desconoce la jurisdicción del tribunal, o se encuentra en lugares donde no puede ser extraditado”, marcó.
«El juicio en ausencia, por más limitado que sea, aun así sigue siendo una herramienta que permite, al menos intentar conocer la verdad, reconstruir lo ocurrido y, sobre todo, darles a quienes representan a las víctimas, un lugar para expresarse públicamente en ese proceso. Un juicio no garantiza certezas, pero sí abre una posibilidad. «, concluyó.