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La historia secreta del fallo de la Corte sobre el derecho de huelga

Disidencias entre Lorenzetti y Highton en el fallo firmado por los tres jueces de la Corte, antes de la nueva integración. Desprotección hacia los trabajadores informales y un palo a la CGT.

Lorenzetti y Highton tienen una relación conflictiva.

Lorenzetti y Highton tienen una relación conflictiva.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia que extendió el derecho a huelga a sindicatos de reconocimiento parcial tuvo una cocción de un año en las alturas del Palacio de Tribunales y no responde a otro objetivo que el de continuar debilitando el poder de la CGT al momento de activar medidas de fuerza.

El fallo unánime es el corolario de una saga de decisiones  que la Corte firmó contra el poder gremial tradicional y, en esta ocasión, también complica al empresariado.
 
Una vez más no fue sencillo conseguir el voto de Elena Highton de Nolasco, cuya relación con Ricardo Lorenzetti continua oscilante. Cuando la jueza vió el primer borrador del fallo le mandó a decir al titular de la Corte que según su entender la decisión era regresiva en materia de derechos ya que dejaba sin herramienta legal alguna a aquellos trabajadores en materia de informalidad. En el acuerdo en el cual firmaron el fallo Highton recordó que solo el 40% de los trabajadores están en situación de afiliación.
 
Pero la jueza firmó. Aunque no le admitirá nunca está en una situación de debilidad dentro de la Corte desde la polémica por la designación de su hija a lo cual se suma un asunto igual de álgido pero más solapado: un colaborador suyo es señalado de haber promovido dentro de la Corte con una buena posición a una mujer que no tendría los conocimientos necesarios ni el CV.

A fines de 2015  tuvo lugar en la Corte una exposición para el personal cortesano que corrió por cuenta de Marcelo Navarro, secretario de Derecho Laboral del máximo tribunal, cercano a Juan Carlos Maqueda. El funcionario exhibió un argumento en sintonía con los avances regulatorios de la Organización Internacional del Trabajo que eliminan restricciones en materia de qué gremios pueden efectuar medias de fuerza. En líneas generales Navarro se ubicó en la misma dirección que su antecesor Rolando Gialdino, ahora jubilado.

El último fallo de trascendencia  en cuanto a derechos gremiales fue en diciembre de 2014. Allí, la Corte equiparó los derechos de los gremios con y sin personería. Firmaron en esa dirección Maqueda, Carlos Fayt y el entonces justice Eugenio Zaffaroni. La disidencia corrió por cuenta de Elena Highton de Nolasco y Lorenzetti. Antes de esa decisión la Corte ya le había conferido independencia a los delegados respecto de las estructuras centrales de los gremios.

Ahora el futuro encierra un enigma complicado para el Gobierno pero no solo por la potencial alza de la conflictividad laboral: la Corte debe expedirse sobre la sindicalización de los policías en la provincia de Buenos Aires.
No sería algo extraño, especialmente si lo que se busca es sostener la coherencia de esta seria de fallos tan dispuestos a expander la representación sindical. El dato de este fallo es que fue uno de los últimos proyectos que formuló el equipo de Carlos Fayt antes de la salida del juez: la orientación era en contra del pedido policial.