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Una ley que no surgió del capricho de un gobierno

Por CELS

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) celebra el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que declara la constitucionalidad de la totalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (ley 26.522) en la causa iniciada tras la sanción de la norma en 2009 por el Grupo Clarín S.A. contra el Estado Nacional. La sentencia del máximo tribunal tiene enormes implicancias para el sistema democrático argentino, en la medida  que confirma la potestad del Estado para asumir la regulación del sistema de medios audiovisuales.

El pasado 28 de agosto, representado por su presidente y el secretario de su Comisión Directiva, Horacio Verbitsky y Damián Loreti respectivamente, el CELS alegó en audiencia pública la validez constitucional de los artículos 45 y 161. Para ello, aportó argumentos de derecho constitucional, internacional y de derecho comparado imprescindibles para analizar la adecuación de la ley con los estándares sobre libertad de expresión y que fueron recuperados por la Corte en su decisión. Se subrayó también que los impactos de tipo patrimonial no podían considerarse como lesivos del derecho a la libertad de expresión y se explicitó que toda regulación en materia de comunicación audiovisual debe tener como finalidad garantizar la pluralidad y diversidad de voces.

A pesar de la extensa demora con que llega, la confirmación de constitucionalidad de los artículos cuestionados viene a ratificar que no fue probado en ningún momento de la causa que exista una afectación de la libertad de expresión y que el  plazo del artículo 161 está vencido. Y sostiene, en consonancia con lo planteado en las audiencias, que “en la medida en que las ideas y la información constituyen bienes que se difunden a través de los medios de comunicación, si hay concentración, sólo algunas ideas o algunas informaciones llegarán al pueblo, perjudicando seriamente el debate público y la pluralidad de opiniones”. Asimismo, refuerza que “la libertad de expresión, en su faz colectiva, tiene por objeto proteger el debate público, con amplias oportunidades de expresión de los distintos sectores representativos de la sociedad.  Se trata de fortalecer una democracia deliberativa, en la que todos puedan, en un plano de igualdad, expresar sus opiniones y en la que no pueden admitirse voces predominantes.”

De este modo, se respalda la producción colectiva de una ley que no surgió del capricho de un gobierno, sino de los reclamos de la sociedad por pluralismo y diversidad, a partir de los 21 puntos de la Coalición por una Radiodifusión Democrática, que el CELS integra desde su creación. Es una normativa que se discutió en 24 foros participativos en todo el país y que fue tratada y aprobada por amplias mayorías en el Congreso de la Nación. Su legitimidad resulta indiscutible y la Corte confirmó su coherencia en relación a la Constitución y a los tratados internacionales de derechos humanos suscriptos por nuestro país.


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