Para el juez Sebastián Casanello el abogado Víctor Stinfale fue uno de los organizadores de la fiesta Time Warp, en la que murieron cinco jóvenes por el consumo de drogas que compraron en el predio, por lo cual lo procesó, le impuso la prisión preventiva y le trabó un embargo de 50 millones de pesos.
En la misma resolución, el juez procesó también a Adrián Conci, Maximiliano Avila, Carlos Garat y Carlos Penise como coautores del delito de comercio de estupefacientes, agravado, y por abandono de persona seguido de lesiones y muerte en la fiesta que se realizó en el predio de Costa Salguero el 15 de abril.
Los motivos por los cuáles se proceso a Stinfale son los siguientes:
Se reprocha a los organizadores el haber creado un ámbito de exclusión de toda protección estatal, en el que se permitió y facilitó la comercialización de estupefacientes y se generaron condiciones de vulnerabilidad y desamparo que pusieron en riesgo la salud e integridad física de los concurrentes al evento “Time Warp”.
La organización debía tener el control absoluto respecto de todo aquello que estuviera relacionado con la marcha del evento. Crear condiciones propias que le permitan ejercer en su interior el monopolio de la fuerza pública. Los concurrentes, a partir de su ingreso, estarían al margen de las reglas del Estado y serían regidos por las normas impuestas por la organización, “protegidos” por las agencias de seguridad dependientes de la producción del evento y no por agentes públicos –los que en los papeles revestían esa calidad se sometieron a las reglas y mandos de los organizadores-.
El segundo paso, una vez establecido ese régimen, era crear un mercado interno, monopólico, en el que se maneje toda la oferta, y se genere la demanda. Ello implicaba que la totalidad de los proveedores serían propios y así, sería factible permitir la compra y venta de sustancias prohibidas, y la detentación del monopolio de la bebida, esencialmente, la comercialización del energizante Speed y del agua Block, ambas producidas por Energy Group S.A..
En lo que hace a la presencia de efectivos de la División Narcotráfico dentro del predio, si bien no son objeto de este pronunciamiento, está probado que se retiraron a las pocas horas de iniciado el evento –a la una aproximadamente- y que no oficializaron ningún tipo de prevención. En otras palabras, se aseguró que el comercio y consumo de estupefacientes se produjera libremente.
La médica María Celeste Prado cuenta que los consumidores le dijeron que las sustancias las habían adquirido dentro del predio: “cerca de las 2 horas, o 3 de la madrugada, charló con espectadores que se encontraban lúcidos a quienes les preguntó dónde habían conseguido la droga, y estas personas le dijeron que las habían comprado ahí, que las ofrecían en el mismo evento, que dentro del público hay gente que las ofrece y que todo el tiempo las ofrecen.
A ello se sumó: el exceso de público que junto a la falta de ventilación provocó hacinamiento y elevó drásticamente la temperatura, la mala señalización de los puestos de hidratación, la dificultad de acceder al agua en función de la demanda y del precio que fue adquiriendo a medida que pasaban las horas, y la escasísima atención de socorristas y médicos en función de las características del evento.
Víctor Alejandro Stinfale, a pesar de no figurar en el plano formal al que se hizo referencia, ocupaba el lugar más encumbrado de la organización que llevó adelante el evento y dominaba los acontecimientos. En efecto, fue a través de Erica Troilo –empleada de su confianza- que garantizó su presencia, pues como se verá luego, la nombrada en su representación se encargó de auditar el devenir del evento.
En su declaración, el abogado especificó que su trabajo en Energy Group es compensado mediante un pago que al día de la fecha ronda los cincuenta y sesenta mil pesos mensuales. Que factura por ello y que dicha remuneración es por su labor, la que consiste en tres o cuatro horas en Energy Group. El resto del día lo divide en otras cuatro o cinco horas en Deportivo Riestra y descansar. Que su esposa por su trabajo en Energy Group recibe alrededor de unos veinte mil pesos.
Una vez que los jóvenes ingresaban al predio, los traficantes de estupefacientes salían a su encuentro. La circulación de sustancias prohibidas fue sólo una de las circunstancias que elevaron los riesgos y ubicaron a la concurrencia en una situación de vulnerabilidad.
La actuación de Érica Troilo durante el evento, también es un tema a tratar.En su descargo Stinfale afirmó que la nombrada es su secretaria y asistente, que incluso se encarga de llevar adelante asuntos tan sensibles para él como sus carpetas médicas (recordemos que su estado médico crítico es el que justificó su prisión domiciliaria). Sin embargo aseguró que durante el evento y los días posteriores a “Time Warp”, Troilo había sido contratada por Adrián Conci a cambio de una compensación económica porque carecía de suficiente personal propio. El informe aportado por la ANSES con el listado desujetos integrantes de la nómina de empleados desvirtúa esa afirmación.
En suma, es posible concluir –con el grado de probabilidad que este pronunciamiento requiere- que Víctor Stinfale luego de haber armado la estructura organizativa controlaba a la distancia. Es cierto que no tuvo presencia física en el evento, pero su tarea ya había sido realizada. Sólo le restaba tener conocimiento fehaciente –y, por ende, control- del margen de ganancia obtenido, y para ello se valió de Erica Troilo.
Víctor Stinfale, lejos de ser un mero asesor de marketing de Energy, es quien toma las decisiones en la empresa, más allá de lo que digan los registros formales. Por ello, todo indica que el nombrado desplegó un rol protagónico en el armado general del evento y sobretodo en el establecimiento de las circunstancias que permitieron por un lado la exclusión de la protección estatal, y por el otro, la comercialización de estupefacientes durante su desarrollo. Paralelamente, controló a la distancia a través de la presencia de Érica, su secretaria.
Debe valorarse que al momento de realizarse el allanamiento del domicilio de Energy Group de la calle Berón de Astrada 679, localidadde Ramos Mejía, Pcia. de Buenos Aires –en el que se encontraba presente Víctor Stinfale-, personal de la División Apoyo Tecnológico de la PFA advirtió que se habían eliminado archivos de una computadora marca “Lenovo”. Acto seguido se pudo determinar que el archivo se denominaba “TIME WARP 2016”.
Sumado a ello, adquiere relevancia que, ya iniciada esta causa, dentro de un volquete que la empresa “Arnaldi” había alquilado a la firma “Energy Group” se hallaron tickets de entradas y consumiciones de la fiesta “TIME WARP”, y hojas con la firma y sello de Víctor Stinfale, con evidentes señales de haber sido parcialmente quemados y destruidos.