El juez en lo contencioso administrativo federal N°9 Pablo Cayssials rechazó hoy la medida cautelar presentada por el fiscal José María Campagnoli, suspendido en sus funciones mientras se tramita su proceso de enjuiciamiento, al considerar que el planteo no es procedente y que el fondo de la cuestión debe resolverse en el jury.
En los fundamentos de la medida el juez dijo que “en innumerables ocasiones he señalado al respecto que la procedencia de toda medida cautelar está subordinada a una estricta apreciación de los requisitos de admisión, los cuales consisten en la apariencia o verosimilitud del derecho invocado por quien las solicita, y el peligro en la demora, que exige la probabilidad de que la tutela jurídica definitiva que el actor aguarda de la sentencia a pronunciarse no pueda, en los hechos, realizarse. Es decir, que a raíz del transcurso del tiempo, los efectos del fallo final resulten prácticamente inoperantes.”
El jueza agrega que “es oportuno a esta instancia del relato recordar que no puede dejar de ponderarse que la decisiones que se objetan y cuyos efectos el actor pretende hacer cesar con el dictado de la presente –que consisten en la suspensión del cargo y el embargo del 30% de sus haberes– (Contemplado en el artículo 20, inc. C, ap. 5, de la Ley 24.946) no resultan, por cierto, la expresión de una decisión definitiva, sino que la cuestión medular deberá decidirse en el proceso de enjuiciamiento que el propio actor pretende suspender con la petición de esta medida”.
El magistrado insiste en el proceso de enjuiciamiento “resulta claramente el ámbito propicio para que el actor pueda ejercer y hacer valer los derechos y garantías constitucionales que entiende vulnerados; por ello la pretendida suspensión traería aparejado como contrapartida una restricción de los mismos derechos y garantías que según alega le han sido conculcados”.