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Raúl Martins, el espía dedicado durante 25 años a la prostitución, procesado por asociación ilícita

Fue procesado por la jueza Servini de Cubría. Martins vive en México y se pidió la extradición.

Cacho y Martins, viejo amigos.

Durante al menos 25 años, Raúl Martins, un ex espía de la SIDE, se dedicó al negocio de la prostitución en la ciudad de Buenos Aires sin mayores sobresaltos, gracias al amparo que le brindaron autoridades judiciales, políticas y de fuerzas de seguridad. La prostitución fue históricamente una caja negra de las policías.

Martins fue procesado el viernes por la jueza María Servini de Cubría como jefe de una asociación ilícita dedicada a obtener réditos económicos de mujeres que se prostituían en tres locales que históricamente, aunque cambiaron de nombre, estuvieron bajo su mando. La jueza le dictó un embargo de 10 millones de pesos y además le decretó la prisión preventiva.

Pero esta medida difícilmente se vaya a hacer efectiva porque Martins vive desde hace años en México, donde al parecer se sigue dedicando al mismo negocio ilegal. La jueza volvió a pedir la extradición del rufián, que fue denunciado por su propia hija, Lorena Martins, quien aseguró que su padre hizo aportes a la campaña de Mauricio Macri como jefe de gobierno de la ciudad de Buenos Aires.

El vínculo más notorio de Martins con el Poder Judicial fue a través del ex juez federal Norberto Oyarbide, a quien conoció más de 20 años atrás cuando se desempeñaba como secretario de un juzgado correccional. Martins se quejó más de una vez que Oyarbide lo llamaba para pedirle plata y fue uno de los primeros a los que les comunicó su ascenso como juez federal.

Los locales situados en Juan B. Justo 5302, Vicente López 2257, y Anchorena 1119 funcionaron habilitados como wiskerías por el gobierno de la ciudad, aunque en rigor el ingreso principal lo dejaban las mujeres que trabajan allí como prostitutas dejando un porcentaje de lo que les cobraban a los clientes. En su resolución la jueza sostuvo que los locales eran explotados por Martins y su grupos, bajo la cubierta de diversas sociedad para ocultar a sus verdaderos propietarios. Así lo demuestran las pruebas encontradas en los sucesivos allanamientos.

Llamada anónima

La causa se inició en 2013 por una llamada anónima al Ministerio de Seguridad que denunciaba la existencia de un prostíbulo en Juan B. Justo 5302, donde se explotaban a menores de edad. Como Servini tenía una causa anterior en la que se investigaba la supuesta protección policial a ese mismo local, fueron unificadas. Ante la sospecha sobre la Policía Federal -antes del traspaso- la jueza delegó las tareas investigativas a efectivos de  la Gendarmería Nacional.

De la pesquisa «surge claramente que los bares funcionaban como prostíbulos donde distintas mujeres ofrecían servicios sexuales a cambio de dinero. Esto era organizado, tanto por Raúl Luis Martins como líder de la misma y Leandro Daniel Taboada como por Mario Oscar Ozan, quienes se embarcaron en un emprendimiento comercial ilícito que tenía por objeto principal la explotación sexual de distintas personas mayores de edad”, sostuvo Servini en su resolución.

“Esto fue constatado directamente por los investigadores a quienes la persona que se encontraba en la caja registradora les manifestó que en ese momento no tenía “chicas” disponibles e intentó comunicarse con las “chicas” por celular, diciendo que no se presentaron a trabajar y que la única disponible se encontraba sentada con un cliente. Además, luego de esto el personal de gendarmería vio como el cliente le entregó un dinero a la “chica” y que esta se lo dio a quien estaba en la caja registradora y la había señalado como una de las trabajadoras sexuales. Esto demuestra que entre quienes explotaban comercialmente el local –Leandro Daniel Taboada y quien estaba en la caja registradora– y las mujeres que allí se prostituían había una relación de dependencia laboral”, agrega la resolución. 

Ozan y Taboada también fueron procesados, aunque sin prisión preventiva. La misma medida se tomó respecto de Virginia Inés Solís, Natalia Beatriz Percival, Guillermo Martín Soto como integrantes de la misma banda, con sus respectivos embargos. La decisión de no ordenar los arrestos provocó el enojo de Gustavo Vera, líder de la La Alameda, la agrupación dedicada a luchar contra la explotación sexual, y querellante en esta causa.

“Nos notificaron como querellantes que la banda de Raùl Martins ha sido procesada por trata y proxenetismo. En el caso de Martins se solicita prisión preventiva y embargo de bienes. Raúl Martins reside en México desde que se prófugo en los años 90 y no puede ser detenido. Sugestivamente, a los demás integrantes de la banda que pueden ser detenidos inmediatamente se los deja sin prisión preventiva ante el obvio peligro de fuga. Sería bueno que el juzgado de Servini de Cubria deje de jugar con las formalidades procesales «haciendo como si» y efectivamente encarcele a los delincuentes que durante todos estos años siguieron explotando sexualmente mujeres. Es lo que pediremos en la apelación ante la Cámara”, sostuvo Vera.

La jueza tipificó los delitos cometidos por la banda como los previstos en los artículos 127 y 210 del Código Penal que  en el primer caso reprime a quien “explotare económicamente el ejercicio de la prostitución ajena, aunque mediare consentimiento de la víctima”, en tanto el restante tipifica al que: “…tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación…”

Rufianismo y asociación ilícita

“Este primer tipo penal es conocido por la doctrina como el delito de “rufianería” y posee como elementos objetivos que se explote la prostitución de una tercera persona, que las ganancias percibidas por el ejercicio de la prostitución sean lucradas por el autor y que la actividad sea continua o permanente. El autor debe explotar la prostitución de una persona ajena. La explotación implica un resultado que se obtiene producto de la actividad del sujeto pasivo, la que se trasluce en un aprovechamiento ilícito, por parte del rufián, de alguna utilidad económica, la cual es fruto de la explotación”, dijo Servini en la resolución.

“Sin embargo debemos recordar que los mecanismos ideados para la obtención de ganancias constatados son varios, de modo tal que en algunos casos se acreditó la existencia del denominado “sistema de copas”, en otros el cobro de una “entrada” para ingresar a los lugares y en otros la extracción de un porcentaje de los “pases”; tratándose en todos los casos de formas de ganar dinero a partir de la prostitución de mujeres, actividad que al fin de cuentas es la que genera el ingreso de “clientes” -prostituyentes- a estos locales nocturnos. Es decir que los ingresos generados a partir de la venta de entradas o bebidas no son independientes de la actividad prostibularia, puesto que la existencia de esta última es la condición sine qua non para que ocurran las dos primeras”, agregó.

La jueza sostuvo además que la banda tenía prostíbulos no sólo en Buenos Aires, sino también en Mendoza y México, por lo que sumado a la presencia de mujeres de diferentes nacionalidades, más los testimonios que dan cuenta de un circuito de traslado de mujeres para ser prostituidas, constituyen todos elementos característicos de la trata de personas.

La jueza sostuvo que Martins es el líder de una organización criminal, según la definición de la la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional de la ONU, incorporada a nuestra legislación mediante la Ley 25.632.

Según Servini:

  • Lo cierto es que, en cualquier caso, la organización liderada por Raúl Martins reúne todos los elementos mencionados. Esto en la medida que la integran/ron más de una centena de personas -físicas y jurídicas-, que la organización posee más 25 años de existencia en tanto el local “The One” – actual “Sweet Club”- funciona al menos desde 1993; que existe una división de roles entre las personas tal como queda cristalizada en autos en tanto existe un grupo de personas que integran la jefatura de la organización – Raúl Martins- y miembros de su familia política. 
  • Los locales se dedicaban -o dedican- a la explotación sexual de mujeres, siendo esto uno de los fenómenos delictivos más gravosos por la afectación de los derechos humanos más elementales de las víctimas y por el volumen de ganancias ilícitas que genera y que serían objeto de maniobras típicas de lavado de activos.
  • Este conjunto de hechos sólo podría llevarse a cabo a través de la impunidad que a Raúl Martins y los restantes miembros de la organización les garantizaba la protección de funcionarios estatales, situación palmaria por las relaciones que se probaron a lo largo del dictamen con miembros del Poder Judicial, de las fuerzas de seguridad federales y provinciales y de la ex municipalidad de Buenos Aires -hoy Gobierno de la Ciudad-. 
  • Cuadro que no se presenta como llamativo si tenemos en consideración que la máxima autoridad de esta organización integró los servicios de inteligencia del Estado; que la presencia de negocios en más de un país -que estarían vinculados no sólo por integrar el mismo negocio ilegal sino porque, de acuerdo a la información recogida en esta causa, constituyen lugares de acogimiento de víctimas de trata de personas- sumado a la existencia de activos financieros o cuentas bancarias en otros tantos países dan una dimensión trasnacional a esta organización criminal.