| En Villa Lugano

Procesan a los acusados del homicidio de Melina López

El juez procesó y dictó prisión preventiva a los dos detenidos por el homicidio de la adolescente cuando volvía de un supermercado. Descartó argumentos de las defensas.

Los dos hombres detenidos por el crimen de Melina López cometido el 19 de agosto último durante un robo en Villa Lugano fueron procesados por la Justicia, que además trabó un embargo millonario sobre sus bienes.

La medida fue tomada por el juez de Instrucción Javier Ríos y recayó en Carlos Eusebio Cañete (22), y Jonathan Ezequiel Aranda (23), alias “Johnny chalequito”, quienes fueron considerados autores de “homicidio en ocasión de robo”, informó la agencia Télam. Además de procesarlos con prisión, el juez ordenó un embargo de 1.000.000 de pesos sobre sus bienes.
El magistrado tiene previsto ampliar en las próximas horas las indagatorias de los procesados, quienes están alojados en el penal de Ezeiza, para “imponerles nuevas pruebas de cargo” y “evitar eventuales planteos de nulidad” al momento de elevar la causa a juicio oral y público, añadieron las fuentes.

El hecho ocurrió la tarde del 19 de agosto último, cuando Melina, junto a tres menores de edad, entre ellas una niña de 7 años, se dirigía a un supermercado de Villa Lugano a pagar un servicio.vEn esa circunstancia, al pasar por el asentamiento Papa Francisco, la joven fue interceptada por dos delincuentes que le exigieron la entrega de sus pertenencias.

Para concretar el robo, según detalla el procesamiento, Cañete extrajo un arma de fuego, accionó la corredera y le apuntó a uno de los menores de edad que era novio de Melina.

El joven quiso correr el arma, momento en que Cañete le aplicó un culatazo en la nariz y se produjo un disparo que impactó en la cabeza de Melina.

La joven fue trasladada al Hospital Piñero, pero murió esa misma noche por las lesiones que le ocasionó el proyectil en el cráneo y el cerebro, con hemorragia interna y externa.

Al momento de ser indagado y asistido por un defensor oficial, Cañete negó su participación en el crimen, en tanto que Aranda dijo que no fue él quien cometió el delito, aunque admitió que estaba al lado del agresor cuando se cometió el hecho. «Se cortó solo», aseguró en su declaración.

Ríos consideró que los elementos de prueba reunidos en el sumario “permiten sostener la intervención material de los imputados como coautores en el hecho que culminó con la vida” de Melina López.

El magistrado concluyó que los procesados “interceptaron a los damnificados con la clara intención de robarles y utilizando, a fin de acrecentar su poder de intimidación, un arma de fuego de grueso calibre”.

Además, reseñó el magistrado, cuando Melina se hallaba en el piso con convulsiones por la herida recibida, Cañete y Aranda concretaron el robo y huyeron del lugar.

Cañete fue reconocido en rueda de personas como quien portaba el arma y efectuó el disparo y fue identificado por un testigo que hizo una pormenorizada descripción física del presunto homicida.

El juez también valoró información obtenida del teléfono celular de uno de los menores que acompañaba a Melina al momento del hecho, entre ella datos y fotografías sacadas de la red social Facebook que le habían enviado otros habitantes de la villa 20, donde también vivían los procesados.

Ríos descartó la hipótesis de defensa que expuso Aranda y su inocencia y ajenidad al hecho, al momento de ser indagado.

“Dos personas –expuso el juez-, una de ellas con un arma de fuego preparada para disparar –corredera accionada-, idean juntas el interceptar a sus víctimas y mediante la exhibición de un arma de fuego con municiones calibre .380, exigirles la entrega de sus pertenencias, asumen en ese estado de cosas que el devenir de ese camino delictual termine en un resultado fatal”.


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