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Piden cinco años de prisión para la mujer acusada de dejar morir a su hija en Misiones

Por Gabriela Oprandi.

Una mujer que vive en la extrema pobreza, ¿puede hacerse cargo de sus once hijos? Si uno de ellos muere por desnutrición, ¿el caso lo debe investigar la Justicia penal? ¿Qué responsabilidad le cabe al Estado en un caso como el de María Ovando?

Estos son algunos de los interrogantes que surgen al hablar con especialistas del derecho penal y derechos humanos, sobre la situación de la mujer misionera que está siendo juzgada por la muerte de su hija de tres años. El fiscal Federico Rodríguez, a cargo de la investigación, le atribuye la responsabilidad de dejar morir a su hija y hace instantes pidió 5 años de prisión para ella.

La semana pasada en diálogo con este portal, Rodríguez anticipó que iba a pedir una condena para Ovando, porque cree que se tiene que hacer responsable de no haber cuidado a su hija. “Este hecho es sencillo, ésta mujer tenía que llevar a su hija al médico y no la llevó. Todos los testigos dicen que ella no atendía bien a sus hijos, y no hay ninguno que hable a favor de ella”, señaló.

“Para mí es una brutalidad utilizar el sistema penal para abordar problemáticas derivadas de la miseria, de la marginación y el abandono. Me resulta muy gráfico lo que dijo la defensora de María Ovando. Ella dijo que la primera vez que el Estado apareció en la vida de la bebé, fue para hacer un certificado de defunción”, explica a este portal Claudia Cesaroni, abogada e integrante del Centro de Estudios de Política Criminal y derechos Humanos (Cepoc).

Ovando cobraba 140 pesos diarios picando piedras.

“Cuando tenés 11 hijos, y situación de extrema pobreza, la dimensión de «ser una buena madre» requiere de modo ineludible la presencia del Estado. Es probable que alguna área del Estado la haya atendido, pero si lo hizo, lo hizo mal o a medias, burocráticamente. Es probable que María Ovando no pueda hacerse cargo de todos sus hijos. Si fuera así, hay que acompañarla, ayudarla, darle herramientas de todo tipo para que sí pueda, si ella quiere cumplir esa función. Todo lo demás es pura brutalidad”, remarcó Cesaroni.

Varias organizaciones sociales y de Derechos Humanos habían pedido la absolución de Ovando, ya que consideran que se trata de un caso de criminalización de la pobreza. En cambio para el fiscal Rodríguez, está probado el delito.  Y para la defensa de la mujer, la falta de autopsia del cuerpo de la menor y lo poco concreto de los testimonios de los médicos hacen imposible sostener la imputación con la que la mujer llegó al juicio.

Roxana Rivas, abogada de Ovando, dijo ésta mañana en declaraciones a la prensa de Misiones que “hasta hoy no se conoce el causal de muerte”,  y que por lo tanto responsabilizar a la mujer por el fallecimiento de su hija “es de una imposibilidad absoluta, jurídicamente hablando”.

“Hacen hincapié en que era una mujer que abandonaba a sus hijos y que nos los cuidaba y, desde ese punto de vista, ellos van construyendo que la muerte pudo haber sido por eso. Nosotros pedimos el sobreseimiento de María alegando que ella jamás abandonaba a sus hijos sino que  los atendía de acuerdo a sus posibilidades económicas. Ella vivía con su concubino y ambos cobraban un vale de 140 pesos cada uno por la tarea de picar piedras para hacer los empedrados de las calles. Con eso ella mantenía a su familia”, comentó la abogada, y concluyó: “Se trata de un caso de criminalización de la pobreza porque están exigiendo que una persona que tiene sólo esos medios pueda cubrir todas las necesidades básicas. María es analfabeta. El estado jamás le informó que podía acceder a un plan o una asignación por ser madre de 7 hijos, lo que le hubiese significado la diferencia entre la vida y muerte de su hija”.

Para Guillermo Nicora, abogado y miembro del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) el caso de María Ovando tiene muchas lecturas posibles: “Me parece interesante prestar atención a la cobertura periodística, para ratificar cuánto nos falta mejorar en materia de publicidad de juicios. A los periodistas, pero mucho más a los operadores judiciales, especialmente, a los fiscales. Los pocos datos que se publicaron están fragmentados, y pasados -casi sin excepción- por el tamiz de la opinión”.

“Uno esperaría que -por ejemplo- el fiscal del caso, en lugar de decir cuán «clavada» está la responsabilidad de la acusada, se preocupara de entregar a los periodistas los hechos tal como salieron de la boca de los testigos, y no su propia interpretación y sus conclusiones. Sobre todo, cuando de lo que parece nutrirse la prueba de cargo es de testimonios de oídas. El testimonio de oídas tiene una larga tradición de exclusión en los tribunales que saben diferenciar hace siglos entre hechos y teorías jurídicas, y que trabajan en escenarios de jurados, es decir, donde ciudadanos comunes, representativos de la sociedad, son los responsables del veredicto, o sea de decir qué es verdad, de fijar los hechos que se tendrán por ciertos.

Con respecto a la responsabilidad del Estado, el fiscal Rodríguez dijo que a la hora de pedir la pena iba a tener en cuenta la situación de la mujer, sus condiciones de vida y aseguró que iban a ser atenuantes a la hora de pedir la condena; y que si se prueba la inasistencia del estado, iba a pedir alguna medida para que responda por los hechos.

Luego de los alegatos del fiscal (que fueron leídos hace instantes) es el turno de los alegatos de la defensa. Falta definir aún si la sentencia se dictará hoy a la tarde o mañana.


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