La defensa de Lázaro Báez presentó hoy un escrito ante el juez Sebastián Casanello para pedir el arresto domiciliario del empresario, pidió la intervención del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como veedores en el expediente.
El abogado Maximiliano Rusconi sostuvo que por las condiciones de salud de Báez el juez debería concederle el arresto domiciliario, monitoreado por medios electrónicos, para que pueda atenderse en forma adecuada de las dolencias que padece.
El empresario está alojado en la cárcel de Ezeiza tras haber sido arrestado por Casanello en abril cuando llegó al aeropuerto de San Fernando y quedó bajo custodia apenas bajó del avión porque el magistrado pensó que estaba por escaparse.
Una pericia médica presentada por la defensa del empresario indicó que Báez tiene diferentes patologías, como diabetes e hipertensión, que requieren tratamiento multidisciplinario que debe recibir de preferencia “en su lugar de alojamiento” a efectos de disminuir al máximo las complicaciones.
En el escrito, los abogados dijeron que «debido a que nuestro asistido tiene 60 años de edad, padece de patologías crónicas de alta morbimortalidad de acuerdo a su edad, sumado al estrés constante al que está expuesto producto de su detención, aquello le genera un aumento de sus niveles de adrenalina y cortisol, con el desequilibrio metabólico, que, en un paciente diabético, con afecciones cardíacas, hipertenso, dislipémico, obeso y asmático crónico generan».
Y agregaron que «su aprisionamiento trae aparejadas graves consecuencias perjudiciales hacia su salud, que no puede ser tratado adecuadamente intramuros, lo que habilita per se a la adopción de la medida solicitada».
La defensa solicitó la intervención del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), bajo la figura de amicus curiae, y también pidió la intervención de un veedor internacional de la CIDH «a los fines de acompañar el desarrollo del presente proceso de investigación garantizando la correcta y concreta efectividad de todas las garantías que deben regir el mismo, en particular las relativas a la libertad y al trato de los internos con condiciones médicas complejas que requieren atención especializada».
En un párrafo del escrito, los abogado se dirigen a Casanello y le advierten que de no hacer lugar a sus pedido de arresto domiciliario «esta defensa se verá obligada a considerar la posibilidad de la comisión de la figura típica de «abandono de persona», en los términos del art. 106 del Código Penal, ya que se habrá dolosamente dejado a su suerte al Sr. Báez, poniendo en peligro su salud y su vida».