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La Corte Suprema patea para agosto el tema de las tarifas

En un resolución, la Corte pidió informes al Ejecutivo para que explique como se realizó el nuevo cuadro tarifario. El tema de fondo se resuelve después de la feria de invierno.

Lorenzetti le toma juramento a Rosatti.

Los cuatro jueces de la Corte trataron el tema tarifas, pero no resolvieron.

La Corte Suprema de Justicia no resolvió hoy la cuestión de fondo, pero le pidió al Poder ejecutivo que informe sobre las razones del aumento de la tarifa del gas.

De este modo, resolverá los planteos, especialmente los fallos que suspendieron los incrementos en las facturas, en agosto próximo, después de la feria judicial de invierno.

El Ejecutivo dispondrá de diez días hábiles para contestar el requerimiento, lo cual –teniendo en cuenta que el próximo lunes comenzará las vacaciones de invierno- estirará los plazos hasta agosto próximo.

El máximo tribunal, en una resolución firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, eludió tratar inmediatamente los planteos contra el tarifazo porque “no hay un caso” sobre el que pronunciarse.

El máximo tribunal le pidió al Estado, a través del ENARGAS, que “explique cómo ha sido la evolución de las tarifas de gas desde el dictado de la ley 25.561”, de emergencia económica dictada tras la crisis de finales de 2001, que estableció un régimen tarifario subsidiado.

Reclama un informe sobre los parámetros tenidos en cuenta para arribar a los aumentos de precios y tarifas dispuestos por el actual gobierno, “y la relación de dichos aumentos con las pautas contenidas en el contrato de concesión”.

El Gobierno deberá “especificar fundadamente la existencia o inexistencia de la ponderación de los principios de gradualidad y progresividad para la determinación del cuatro tarifario”.

Finalmente, el gobierno deberá precisar “los parámetros tenidos en cuenta para alterar el alcance de la tarifa social y si la aplicación de la nueva normativa implica modificar la cantidad de beneficiarios de dicha tarifa”.

“En su caso, informe las razones de dicha alteración y su incidencia sobre el monto final a pagar por el usuario”, añade la resolución.

En ese contexto, pidió conocer “los criterios que orientan la aplicación o no aplicación de la tarifa social para entidades de bien público, entidades solidarias sin fines de lucro, pequeñas y medianas empresas, en particular las directamente vinculadas con las economías regionales”.

“Sin abrir juicio sobre la concurrencia de los requisitos que condicional la admisibilidad del recurso promovido por el Estado Nacional, corresponde disponer la realización de las medidas para mejor proveer que se consideran apropiadas”, dijo la Corte al esquivar el convite al “per saltum” sobre medidas cautelares de primea instancia que frenaron el incremento tarifario.

Entre esas medidas “para mejor proveer”, la Corte pidió informes al juzgado federal de San Rafael, Mendoza, y a un juzgado contencioso administrativo federal porteño,