El último titular del PAMI durante el gobierno anterior, Luciano Di Césare, será enviado a juicio oral por haber cobrado vacaciones que supuestamente no gozó cuando estuvo en el cargo y que él mismo se liquidó.
La fiscal federal Paloma Ochoa pidió al juez de la causa que Di Césare sea juzgado por el cobro irregular de 1.300.826,77 pesos por vacaciones no gozadas al dejar su cargo en diciembre de 2015, al cambiar el gobierno.
Di Césare, quien dirigió al PAMI durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, está procesado por el cobro de vacaciones que según él no gozó desde 2004 a 2015, pero según entendió el juez federal Ariel Lijo al procesarlo, el derecho de goce de esos días estaba prescrito entre 2004 y 2012 por la ley de Contrato de Trabajo, a pesar de lo cual el ex funcionario pidió el pago en un trámite exprés hecho antes de dejar el cargo.
La fiscal pidió que se juzgue a Di Césare por «administración fraudulenta en perjuicio de la administración publica». Ochoa requirió juicio también para otros dos procesados en la causa y el juez Lijo ya dio vista a las defensas para que opinen y luego resolverá si cierra la investigación y la envía a sorteo en un tribunal oral, indicaron.
En su dictamen, la fiscal le pidió además «extraer actuaciones» e iniciar una investigación por el mismo delito a
Graciela Ocaña, antecesora de Di Césare en la obra social de los jubilados, quien al renunciar cobró 55.989,54 pesos por vacaciones no gozadas.
Di Césare había argumentado en su indagatoria que todo se hizo según «usos y costumbres» del PAMI, e, incluso, citó al caso de Ocaña como ejemplo.
No obstante, el 9 de junio del año pasado, al dictarle el procesamiento luego confirmado por la Cámara Federal, Lijo diferenció ambos casos y advirtió que fueron «totalmente disímiles«.
En el caso de Di Césare, el juez remarcó que el pago millonario que superaba los dos millones de pesos pero que quedó en 1.300.826,77 luego de los descuentos de rigor se hizo efectivo el 10 de diciembre de 2015, «es decir el último día en que ocupó el cargo de director ejecutivo».
Según se dio por probado en la causa, la gestión para el cobro de esa suma fue iniciada por el propio Di Césare y el pedido se cursó a Recursos Humanos, que no intervenía en este trámite, que habitualmente está a cargo del Departamento de Liquidación.
Di Césare buscaba «evitar el cambio de gestión, que ante la asunción de un nuevo Presidente del Poder Ejecutivo de la Nación, frustrara el pago que pretendía cobrar, cuando sabía que no tenía derecho y que excedía sus facultades», se sostuvo en la acusación contra el ex funcionario.
El pago «se efectivizó el último día en que permaneció en el cargo y se encomendó la gestión a quienes no participaban habitualmente de estos trámites», remarcó la acusación.
La fiscal también pidió enviar a juicio a los procesados ex gerenta de Recursos Humanos María Alejandrina Arrouzet y el ex subgerente de Administración de Personal, Carlos Galdo, quienes dieron curso al trámite de pago pedido por su entonces jefe.
En el caso de Ocaña, Lijo entendió, cuando procesó a Di Césare, que el cese de su gestión había sido el 10 de diciembre de 2007 y que, luego de su salida del organismo, se le liquidaron los haberes, entre ellos las vacaciones no gozadas aún no prescritas, que le fueron pagadas el 19 de diciembre de ese año, ya con la nueva gestión.
«Su situación corrobora justamente, que el proceso de liquidación requirió varios días y que, incluso, el pago fue realizado luego de que renunciara a la representación del organismo, es decir que ya no estaba a cargo cuando se efectuó la liquidación y se pagó», había destacado Lijo en esa resolución de junio del 2016.
Asimismo, remarcó que el mecanismo de pago a Ocaña hecho mediante el Departamento de Liquidación del PAMI y sin que ella lo solicitara, «en correlato con el de Di Césare, evidencia la irregularidad y la intención de todos los intervinientes para cumplir cada una de las etapas del pago y así abonarle inmediatamente».
De ese hecho, argumentó el magistrado, «se puede inferir que, con nuevas autoridades, no se hubiera liquidado de tal forma, por no tener derecho a ello».