| Resolución

El TSJ de la Ciudad falló en contra del reclamo por un vacante en la educación pública

El tribunal superior de la ciudad revocó dos fallos anteriores.

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad falló en contra de las familias que reclaman que el Gobierno porteño cumpla con el Artículo 24 de la Constitución porteña y se garantice la vacante para sus hijos en la escuela pública.

Con los votos de las juezas Marcela De Langhe, Inés M. Weinberg, Santiago Otamendi y Luis Francisco Lozano, el TSJ resolvió que solamente podrán exigir vacantes quienes no pueden pagar una escuela privada.

El Tribunal revocó así lo resuelto por el juzgado de primera instancia y por la Cámara que le dieron la razón a una mujer que reclamaba que el gobierno garantizara una vacante para su hijo en en educación inicial y que si no hubiera se le pagara una en el ámbito privado.

Tras los dos fallos en contra el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta recurrió en queja al tribunal superior, que terminó por darle la razón y dio marcha atrás con las dos sentencias anteriores.

No hay obligación

“El Estado local no tiene una obligación inmediata de provisión universal de vacantes en los niveles no obligatorios del sistema de educación de gestión pública a cualquier habitante que lo solicite, con independencia de su situación, y la actora no ha expuesto por qué razones su caso merecía un distinto tratamiento. Esta circunstancia es suficiente para descartar la proposición de la actora respecto a que en su caso se conculcó el derecho a la educación”, dijo la jueza De Langhe en su voto.

“Como ya se resaltó actora no logró demostrar que tuviera un mejor derecho a la asignación de una vacante en el sistema público de educación inicial que aquel que el GCBA le computó en virtud de lo establecido en el reglamento de asignación de vacantes, ni ha impugnado la constitucionalidad de ese reglamento, ni ha demostrado encontrarse en una situación de pobreza o exclusión que le impidiese el acceso al sistema educativo”, agregó.

A su vez, la jueza Weinberg sostuvo que “de la lectura integrada de las normas aplicables al caso surge la distinción entre el derecho de acceso a la educación inicial que debe ser garantizado por el Estado desde el nivel obligatorio a los cuatro años de edad hasta completar el nivel secundario—como un deber concreto y normativamente definido de manera expresa en una regla de derecho— y el deber estatal de asegurar y financiar la educación inicial de manera progresiva a partir de los cuarenta y cinco días de vida”.

Limita el acceso

“El fallo busca limitar el acceso a la Justicia a las familias que eligen la escuela pública y pretende legitimar el ajuste constante y sostenido que Macri y Larreta realizan desde hace trece años en materia educativa hasta alcanzar su punto más bajo en el presupuesto 2021”, denunció la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE).

La Constitución porteña es muy clara al respecto y en su Artículo 24 establece que “la Ciudad asume la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública estatal, laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, a partir de los cuarenta y cinco días de vida hasta el nivel superior, con carácter obligatorio desde el preescolar hasta completar diez años de escolaridad”.

“Echando mano al poder judicial, Horacio Rodríguez Larreta está convirtiendo a la Ciudad de Buenos Aires en el “reino del revés”, con jueces que ignoran leyes y emiten sentencias contrarias a la Constitución porteña, y un Ministerio Público Fiscal que denuncia y amedrenta enviando patrulleros a las casa de las y los docentes que defienden el Estatuto que protege sus derechos”, agrega el sindicato.

“Con el recorte presupuestario, la persecución judicial a las y los docentes y los fallos hechos a la medida del macrismo- larretismo, el Ejecutivo, la Legislatura y la Justicia de la Ciudad ya no disimulan que tienen una política común para destruir la escuela pública”, dijo UTE.


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