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El padre de Angeles pide que Mangeri sea imputado de femicidio

El abogado Pablo Lanusse, quien representa a la querella del padre de la adolescente Ángeles Rawson en la causa por el homicidio, solicitó que el acusado Jorge Mangeri sea imputado del delito de femicidio cuando se le amplíe su declaración indagatoria.

Fuentes judiciales informaron hoy a la agencia Télam que en el escrito presentado el martes pasado ante el juez de la causa, Javier Ríos, la querella sostiene que Mangeri cometió el crimen «en un contexto de violencia de género» y apelando a la Ley 26.791 que incorporó la figura del femicidio, pide que se lo impute e indague por ese delito que se castiga con prisión perpetua.

La querella pidió que se amplíe la declaración del acusado.

La querella pidió que se amplíe la declaración del acusado.

Este es el segundo pedido que hace la querella de Franklin Rawson para que a Mangeri se le amplíe la indagatoria por un delito más grave.

El 28 de agosto, luego de que la Junta Médica determinara que Angeles presentaba lesiones que podrían ser compatibles con un abuso sexual, solicitó que el portero sea indagado por homicidio «criminis causa», es decir, matar para ocultar la violación.

En su nueva presentación, Lanusse sostiene que «es evidente que la conducta llevada adelante por el procesado Mangeri en perjuicio de la niña Angeles Rawson se concretó en un claro escenario de violencia de género».

Para el abogado querellante, esa violencia de género se dio con Angeles «no sólo a partir de un artero e ilícito ataque sexual, sino por el menosprecio a su dignidad humana, al haberla cosificado, tanto en el designio criminal que guió el obrar del acusado, como en la deliberada decisión que adoptó para el destino final que dispuso para la víctima, al desecharla cual basura».

Para fundamentar la violencia de género en este caso, Lanusse menciona la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer («Convención de Belem do Pará»), ambas suscriptas por nuestro país y con rango constitucional.

«Con claridad, la Convención de Belem do Pará, señala que `debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado´», señala el escrito de la querella.

Al confirmar el procesamiento y la prisión preventiva de Mangeri, pero por homicidio simple, la Sala VI de la Cámara del Crimen ordenó el viernes pasado que el portero vuelva a ser indagado.

Pero en vez de indagarlo ahora con esa calificación, el juez Ríos espera que lleguen los resultados de los estudios histopatológicos que confirmarán si las lesiones genitales y paragenitales que presentaba la víctima son compatibles con un abuso sexual, como opinó la Junta Médica.

Si el abuso sexual es confirmado, el juez Ríos, al indagarlo por quinta vez, volverá a imputarle a Mangeri un homicidio calificado, esta vez, «criminis causa», es decir, que mató para ocultar el ataque sexual, y ahora deberá analizar este pedido de la querella para ver si también le imputa un femicidio.


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