| Columnistas

El delito de fraude a la propiedad intelectual

Por Ricardo Sáenz*

Aunque no integran formalmente la ley 26.388 de Delitos Informáticos, podemos sostener que las infracciones a la ley de Propiedad Intelectual que se cometen a través de redes informáticas forman parte de su régimen. En esta forma de agruparlos incluyo las violaciones a los derechos derivados de obras de todo tipo, literarias, musicales, científicas o artísticas, incluidos los programas de computación (art. 1 de la ley 11.723, texto según ley 25.036).
Desde las falsificaciones de copias de películas en sistema VHS en los años noventa, a los CDs de música de la década pasada, hasta llegar en estos últimos años a obtener (“bajar”) de Internet copias de películas, música o libros, por ejemplo, sin el pago de derecho alguno, estas conductas se hallan extendidas entre las costumbres sociales, con absoluto desconocimiento, o desinterés, de que constituyen delito penal. Si tuviese que enumerar qué tipo de denuncias se tramitan hoy en los Tribunales Penales ordinarios de esta ciudad -fuero que excluye las cuestiones marcarias, que tramitan en los Tribunales Federales- debería hablar de algunos secuestros de copias ilegales de películas en la vía pública, denuncias de Microsoft por software “trucho” realizadas con una computadora que ellos mismos compraron para constituir la prueba, y otras por libros fotocopiados en alguna Facultad. Lo que quiero decir es que es muy poco, comparado con todo el mercado ilegal que sabemos que existe en nuestro país.
Creo que hay una estrecha relación entre la escasa cantidad de investigaciones penales abiertas sobre estos delitos, y la poca conciencia que existe sobre la ilicitud de estas conductas. Siempre estudié, y enseñé, que el Derecho Penal es la “ultima ratio” del orden jurídico, y que la pena estatal sólo se prevé para las conductas que atentan gravemente contra la convivencia social. A partir del avance de la tecnología, el Derecho Penal constituye una respuesta desproporcionada e inadecuada para los conflictos que hoy nos plantea la defensa, legítima por cierto, de los derechos de autor. Su solución, según entiendo, debería pasar por formatos y ecuaciones económicas que aseguren tanto el beneficio del autor, como la amplia difusión y comercialización de su obra que hoy permite un medio como internet.

*Fiscal de Cámara.


Compartir: