La Corte Suprema, por unanimidad, declaró la nulidad de la lista de conjueces designados por el Poder Ejecutivo Nacional para integrar el Tribunal (decreto 856/14), por no contar con el acuerdo de los dos tercios de los miembros presentes del Senado de la Nación, como exige el artículo 99, inc. 4°, primer párrafo de la Constitución Nacional (causa “Aparicio Ana Beatriz y otros c/ EN –CSJN- Consejo de la Magistratura – art 110”)
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