| El caso está en la Corte

Cristina Vázquez está presa desde 2008 por un crimen que no cometió

Fue condenada en 2008, sin evidencias. Se estrena un documental esta semana. La Corte debe revisar la sentencia.

Cristina Vázquez fue condenada en 2008.

Por Rafael Saralegui

Cristina Vázquez está presa desde 2008, por un crimen que no cometió. Ersélide Leila Dávalos, de 79 años, fue asesinada el 28 de julio de 2001, durante la noche, en su casa de la Avenida Trincheras de San José y San Marcos de la ciudad de Posadas, capital de Misiones. Cristina fue detenida siete años más tarde del homicidio en la ciudad de Buenos Aires y condenada a prisión perpetua, sin pruebas, sólo por dichos no verificados. Su caso se encuentra a estudio por segunda vez ante la Corte Suprema de Justicia, que ya en 2016 había ordenado al Superior Tribunal que revisara la condena. Un hombre y otra mujer también fueron condenados.

La historia de la injusticia sufrida por Cristina Vázquez es el eje del relato del documental “Fragmentos de una amida desconocida”, que se estrena este jueves en el Cine Gaumont, dirigido por Magda Hernández, quien además se encargó del guión y la investigación. Magda y Cristina se hicieron amigas cuando las dos trabajaban como camareras en un restaurante de Buenos Aires.

“En el 2007 Cristina Vázquez -oriunda de Posadas- se establece en Buenos Aires, construye una vida, hace nuevos amigos. Yo soy una de sus nuevas amigas. Trabajamos juntas en un restaurante. En ese lugar ocurre la redada policial que convierte a mi amiga Cristina en La reina del martillo: una joven mujer desenfrenada, drogadicta y promiscua que es, además, una asesina. Meses después, sin pruebas concretas, es juzgada y condenada a cadena perpetua”, resume Magda en la presentación del filme.

“Fragmentos de una amiga desconocida se adentra en la historia que convirtió a Cristina Vázquez en la sospechosa perfecta. Un relato que, sin pruebas fehacientes, la tiene aún hoy en la cárcel”, resume.

“¿Era posible que me hubiera hecho amiga de una asesina?”; “¿cómo se condena a una persona a prisión perpetua sin pruebas?”; “¿qué pasaría si te arrastra la maquinaria de un sistema incapaz de ver más allá de sus prejuicios?”, “¿y si tenés que esperar años para que, por lo menos, alguien te escuche, alguien te crea?”, son algunas de la preguntas que Magda se hace en el documental.

La situación de Cristina Vázquez no sólo provocó el interés de su fiel amiga. Varios organismos se presentaron ante la Corte, bajo la figura de amigos del tribunales para pedir la revisión de la sentencia: el argumento central es que no hay evidencias científicas ni directa de la participación de la mujer en homicidio de la anciana. El Centro de Estudios Legales y Sociales (Celsa), la Asociación Pensamiento Penal (APP), la Asociación de Mujeres Penalistas de la Argentina y la ONG Innocence Project Argentina (IP) presentaron sus argumentos ante los jueces de la Corte.

En un artículo publicado en la web de la entidad, Indiana Guereño, presidenta de la APP, sostiene que “en la escena del crimen no hay rastros ni huellas de Cristina Vázquez. El examen de ADN dio negativo y no hay personas que acrediten su culpabilidad. La propia sentencia condenatoria lo admite cuando afirma que no hay pruebas suficientes sobre su participación en el hecho. A pesar de ello, el tribunal construye la culpabilidad de Cristina Vázquez en base rumores, cargados de prejuicios de género y de clase”.

 “Su condena viola todos los principios que protegen la libertad ya que juzga un estilo de vida que el tribunal imagina conocer”, afirma Guereño. Y agrega:“para condenar a las personas que cometen esos actos, ellos tienen que ser probados en un proceso donde se respeten las garantías constitucionales. Hasta que eso ocurra toda persona es inocente y tiene derecho a ser juzgada en un plazo razonable”.

En el escrito que Innocence Project, encabezada por el ex fiscal Manuel Garrido, presentó ante la Corte se detallan algunos de los groseros errores cometidos por los jueces a la hora de evaluar las evidencias:

  • Complementariamente, se hace énfasis en la precaria educación de la sospechosa y en su estilo de vida condicionado por el consumo de alcohol y otras drogas, elementos que se recogen de declaraciones pero que –al margen de su impertinencia- tampoco son acreditados mediante estudio científico alguno.
  • A modo de ejemplo, tras el allanamiento a la vivienda de Vázquez la presencia de una mancha de aspecto hemático en una prenda de vestir de la imputada orientó la investigación hacia su presunta autoría hasta que se informó que se trataba de una mancha de líquido menstrual.
  • Más tarde, el rumor de que una detenida era llamada “la reina del martillo” motivó la citación a declarar de una agente del servicio penitenciario que aclaró que no se referían a Vázquez sino a una mujer que habría matado a su pareja con un martillo. 
  • Con semejante sesgo incriminatorio las peritaciones que probaron que no había rastros de la presencia de Vázquez en la escena del crimen ni de la víctima en el domicilio o las pertenencias de la sospechada fueron subestimadas frente a la declaración de un vecino que dijo recordar haber visto pasar a Cristina Vázquez en el barrio en el cual ella misma vivía caminando -como lo hacía habitualmente- con una amiga y tomando mate; extremo que no contradice la coartada de la imputada, quien afirmó haber salido de su domicilio con su amiga para dirigirse a la casa de ésta en Garupá en horas de la “tardecita”, donde permaneció durante el fin de semana.
  • Así, lo que constituye el comportamiento habitual de una joven en una provincia del norte se interpreta a los fines de la investigación como “merodeo” para, por último, concluir inductivamente que ella “marcó” con su actitud la vivienda de la víctima.

Cristina Vázquez, una vez más, espera justicia. La Corte aún no definió la fecha para dictar una nueva sentencia. Cada día que pasa es una jornada más de iniquidad.