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Procesan a un fiscal general por crímenes de lesa humanidad

Es Fabián Fernández Garello procesado por secuestro y torturas en 1981.

Fernández Garello está en el cargo desde 1999.

Se va la segunda. El fiscal general de Mar del Plata Fabián Fernández Garello fue procesado por la titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Martín, a cargo de Alicia Vence, por su participación en crímenes de lesa humanidad cuando se desempeñó como agente de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA).

Fernández Garello está imputado, junto a otros ex agentes de la DIPPBA, por la privación ilegal de la libertad y tormentos de tres militantes comunistas. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) volvió a pedir al Procurador General de la Provincia de Buenos Aires y a la Suprema Corte provincial el pedido de inmediata suspensión en su cargo.

En su auto de procesamiento, firmado el viernes último, la jueza considera que Fernández Garello fue partícipe necesario penalmente responsable de la comisión de los delitos de privación ilegal de la libertad cometida por un funcionario público e imposición de tormentos infringidos por un funcionario público agravados, dado que se trataba de perseguidos políticos. La misma decisión alcanzó a Jorge Norberto Apa, Daniel Ríos, Daniel Camarotta, Ricardo Coronel y Guillermo Ornstein.

En diciembre de 2018, la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín revocó el sobreseimiento que la misma jueza Vence había dictado respecto de Fernández Garello y de los otros acusados por integrar un comando conjunto de policías y militares que secuestró a Jorge Oscar Bulacios, Ernesto Ramón Duarte, y Jorge Rolando Seitor, tres militantes del Partido Comunista (PC) en el invierno de 1981, en los finales de la dictadura cívico militar, cuando el fiscal integraba la Dirección de Inteligencia de la Policía Bonaerense (DIPBA).

La decisión fue tomada por la Sala I, integrada por los jueces Marcelo Darío Fernández, Marcos Morán y Juan Pablo Salas, que revocó la falta de mérito que había dictado la jueza Vence, y que beneficiaba al fiscal y a los ex policías mencionados.

En noviembre de 2017, gracias a los votos de diputados provinciales de Cambiemos y del Frente Renovador se resolvió cerrar el pedido de juicio político del fiscal de Mar del Plata, quién cuando accedió al cargo omitió informar sus antecedentes como integrante de la represión.

El nuevo procesamiento va en línea con aquella decisión de la Cámara Federal. Según informó la CPM, conforme surge de la causa, una comisión conformada por personal policial y militar detuvo a tres militantes comunistas en sus domicilios y los trasladó a la Brigada de Investigaciones III de Caseros, que funcionó como centro clandestino de detención (CCD). Allí permanecieron detenidos y fueron interrogados.

Según la CPM, Fernández Garello participó de esos operativos e interrogatorios que fueron estrictamente políticos: forzaron a las víctimas mediante procedimientos no asentados, pero bien conocidos como “interrogatorios de inteligencia”, los que en la mayor parte de los casos implicó la tortura física y psicológica, obligando a suministrar información sobre personas que luego serían objeto del accionar represivo.

Según consideró probado la jueza, “Fernández Garello, Ríos, Cammarota, Coronel y Ornstein fueron quienes, junto con personal militar que aun no ha podido ser identificado pero que se encontraba a cargo de los operativos, llevaron a cabo los procedimientos referidos ocurridos entre el 23 y el 24 de julio de 1981, que culminaron con las detenciones de Bulacios, Duarte y Seitor, y su alojamiento en la Brigada de Investigaciones III de San Martín”.  Y agregó que “puntualmente, el actuar de los imputados se resume en haber realizado un aporte al plan sistemático e ilegal de “lucha contra la subversión”.

La jueza afirmó que Fernández Garello “deberá responder en calidad de partícipe necesario, ya que ha realizado un aporte, que si se suprimiera hipotética y mentalmente, los acontecimientos enjuiciados no se podrían haber llevado a cabo de la manera en que acontecieron (…) Es por todo esto que deberá responder como partícipe necesario por la acreditación de estos hechos, con una atribución objetiva y subjetiva por haber tenido conocimiento y voluntad en la realización de esas acciones típicas, obrando con dolo directo en todos los casos”. Además ordenó trabar un embargo sobre los bienes del Fiscal General o en dinero hasta cubrir la suma de 300.000 pesos.