| Debate oral

Arranca el 11 de marzo el juicio contra Gustavo Cordera por incitación a la violencia

Es por haber dicho en una charla que hay mujeres que necesitan ser violadas. Puede recibir una pena de hasta 6 años de prisión.

Cordera ya tiene la primera denuncia.

Cordera ya tiene fecha para el debate oral.

El músico Gustavo Cordera será enjuiciado desde el 11 de marzo próximo por el delito de «incitación a la violencia colectiva» a raíz de sus dichos durante una charla en una escuela de periodismo en los que sostuvo que algunas mujeres «necesitan ser violadas para tener sexo», se informó en Tribunales.

El juicio estará a cargo del Tribunal Oral Federal 7 luego de que la Sala I de la Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento del artista y lo embargó por 500 mil pesos, en una causa que estuvo a cargo del juez federal Rodolfo Canicoba Corral, luego de una denuncia se puso en marcha cuando se conocieron sus declaraciones.

Las fuentes consultadas indicaron que el Tribunal fijó fecha para el inicio del debate en el que se prevé declararán como testigos asistentes a esa charla en el Taller Escuela Agencia (TEA), que se desarrolló durante el mes de agosto de 2016. Cuando se conocieron sus declaraciones se generó una enorme ola de repudio.

«Hay mujeres que necesitan, porque son histéricas, ser violadas, porque psicológicamente lo necesitan y porque tienen culpa y no quieren tener sexo libremente. Quieren jugar a eso. A mí no me gusta jugar a eso, pero hay gente a los que sí. Somos muy complejos los seres humanos», dijo Cordera durante una charla con alumnos de periodismo de TEA.

Uno de los alumnos presentes grabó la charla y la difundió a través de una red social, lo que derivó en una denuncia penal contra el músico, que ahora llega al juicio oral.

Al confirmar su procesamiento, la Cámara Federal sostuvo que sus dichos pusieron «a las mujeres en una posición en el que por el solo hecho de serlo se encuentran incapacitadas para poder decidir libremente respecto de su vida sexual».

El Código Penal, en su artículo 209, prevé una pena de entre dos y seis años de prisión para quien «públicamente instigare a cometer un delito determinado contra una persona o institución».

 


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