| En La Plata

Hacen lugar a un planteo colectivo contra el aumento en la tarifa de gas

El planteo lo lleva adelante el CEPIS, la misma entidad que logró frenar los tarifazos en 2016. El juez le dio tres días al Gobierno para que presente un informe.

 

gas

La discusión por el aumento de tarifas pasó del plano político al ámbito judicial. El juez federal en lo contencioso administrativo y comercial de La Plata Adolfo Gabino Ziulu hizo lugar a un planteo de una medida cautelar presentada por la  asociación civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) y resolvió intimar al Ministerio de Energía y al Enargas para que en un plazo de tres días presenten un informe sobre los fundamentos de los últimos aumentos en los precios del gas.

La demanda presentada por CEPIS tiene alcance nacional ya que el juez resolvió que el expediente quede registrado en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esto significa en la práctica que la resolución de la disputa tiene alcance para todo el país.

El juez precisó que “el “Colectivo” se encuentra compuesto por “la totalidad de los usuarios residenciales del servicio publico de gas -de redes- de todo el territorio nacional al que se le pretenda establecer el nuevo cuadro tarifario a partir del 1ero de abril de 2018”.

En principio, el magistrado resolvió no hacer lugar al planteo de la entidad de suspender el aumento de las tarifas de gas, al considerar que “no se encuentran acreditadas prima facie las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifiquen el dictado de una medida interina previa a la contestación del citado informe”.

La misma organización civil ya tiene antecedentes en la materia: en 2016 realizó presentaciones contra aumentos de tarifas del Gobierno, que llegaron hasta el máximo tribunal. El fallo de la Corte Suprema justamente tiene el nombre Cepis y precisa los alcances de las demandas colectivas y en su momento ordenó al Gobierno que los incrementos deberían ser razonables. Además, ordenó entonces al Gobierno que realizara las correspondientes audiencias públicas antes de disponer los nuevos cuadros tarifarios.

En los antecedentes, el juez de La Plata explica que “la presente acción intenta salvaguardar intereses individuales homogéneos, cabe identificar los hechos o normas comunes que provocarían la lesión a los derechos invocados, siendo estas la aplicación de las Resoluciones 300 a 309 de 2018 de ENARGAS que lesionarían de igual forma a todos los usuarios que componen el colectivo”, y añade que “corresponde precisar que la declaración de nulidad e inconstitucionalidad de las resoluciones antedichas beneficiaría – según sus dichos y de prosperar- al derecho de propiedad de cada uno de los integrantes de la totalidad del colectivo representado, y que no justifican la promoción de reclamos individuales por cada uno de los afectados”.

El titular de la entidad, Mariano Lovelli, explicó que “en la presentación se solicitó que la Justicia ordene al Enargas que proceda a aplicar los nuevos cuadros tarifarios a partir del mes de mayo del corriente año, hasta tanto se dicte sentencia de fondo en los presentes obrados”.

Lovelli explicó que «como las cautelares contra el Estado no se pueden dar sin tener una primera escucha al Gobierno, el magistrado declaró admisible el amparo, le otorgó carácter colectivo para que representemos a todos los usuarios residenciales de gas del país, pero ordenó que el Estado emita un informe en el plazo de tres días».

 


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