| Noticias

Violencia de género: restringen uso de armas a efectivos de fuerzas de seguridad

Policías, gendarmes y prefectos que tengan denuncias por violencia familiar o sufran enfermedades psiquiátricas podrán portar armas sólo en el lugar donde prestan servicio y no podrán llevárselas a sus casas, según determinó el ministerio de Seguridad.
La medida, que se enmarca en la Ley de Protección Integral de la Mujer, fue adoptada luego de las denuncias reiteradas contra miembros de las fuerzas de seguridad por hechos de violencia familiar, lesiones y uso abusivo de las armas, de acuerdo a la resolución 1515 publicada hoy en el Boletín Oficial.
Las autoridades de las fuerzas de seguridad contarán con un plazo de «treinta días» para adecuar las normas y procedimientos internos, y establecer responsabilidades para la restricción de la portación, tenencia y transporte de armas en los casos en los que corresponda aplicar la medida.
La norma establece que aquellos efectivos de fuerzas de seguridad en actividad o situación de retiro que hayan sido exonerados o dados de baja obligatoriamente por sanciones disciplinarias, no podrán acceder ni mantener la condición de legítimo portador de armas.


Compartir: