| Tiroteo fraguado

Piden enjuiciar a tres policías por la muerte de un joven

Para la fiscalía hubo un desproporcionado uso de la fuerza. Se trata de la muerte de un joven que no frenó con su coche cuando lo quiso para la policía. Hubo una persecución.

Montenegro recibió in tiro por la espalda.

Montenegro recibió in tiro por la espalda.

El fiscal Andrés Madrea, a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N°14, solicitó a la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N°38, Susana Wilma López, la elevación a juicio de la investigación seguida contra los policías de la Comisaría N°48 Emmanuel Alejandro Díaz, Mario Nicolás Medina y Diego Marcelo Calderón por el homicidio de Marcelo Javier Montenegro, ocurrido cuando los efectivos policiales perseguían el Renault Twingo en el que viajaba junto a Alejandro Nahuel Maturano.

El hecho ocurrió en la madrugada del 7 de julio de 2012, cuando un vecino de la Villa 15 Ciudad Oculta alertó sobre dos hombres armados que circulaban en un Renault Twingo dorado. Efectivos del Cuerpo de Prevención Barrial apostado la esquina de Echeandía y Rucci vio pasar el vehículo e intentó identificar a los tripulantes quienes se dieron a la fuga, por lo que pidieron refuerzos a través de la radio.

Otro control policial, ubicado en las calles Zuviría y Pasaje Herrera, observó que el auto pasaba a gran velocidad y les hizo señas para que se detuvieran. Los ocupantes del Twingo omitieron la orden y trataron de embestirlos para huir. Asimismo, un tercer puesto policial trató de detenerlos, sin éxito, pero observó que la persona que estaba en el asiento del acompañante mostraba un arma de fuego por la ventanilla.

Los policías imputados escucharon el alerta y vieron pasar el vehículo, por lo que iniciaron la persecución por la calle Lisandro de la Torre. Según la versión de los uniformado, en la calle Zuviría, Montenegro extrajo un arma y efectuó dos disparos hacia el patrullero (que luego se comprobó que no presentaba impactos) en virtud de lo cual los oficiales Díaz y Calderón extrajeron sus armas reglamentarias y dispararon cinco veces para repeler la agresión. El Renault Twingo continuó su marcha mientras era perseguido, hasta que perdió el control e impactó contra un paredón, en la intersección de las calles Piedrabuena y Saraza.

Uno de los proyectiles ingresó por el lado izquierdo del baúl del Renault Twingo, atravesó el asiento trasero y el del acompañante, en el que viajaba Montenegro, quien recibió un impacto en el tórax que le provocó la muerte minutos después por hemorragias internas. Posteriormente, la Policía encontró en la intersección de las calles Piedrabuena y Zuviría, un revolver calibre .22, con dos vainas servidas y un proyectil atorado en el cañón.

Sin embargo, se descubrió que no hubo ningún tiroteo, tal como sostuvieron los efectivos, pues el arma encontrada unas cuadras antes del lugar del choque presentaba un proyectil atascado en el cañón, lo que imposibilitaba que de allí hubiera salido alguna bala. Además, la otra vaina servida hallada en el tambor del revólver no había sido impactada por el percutor por lo que el fiscal concluyó que durante el trayecto de la persecución ese arma no fue disparada y por lo tanto no existió enfrentamiento.

Por otro lado, el fiscal Madrea analizó los registros del sistema de radio truncking y advirtió que el tiroteo fue alertado por los policías recién después de las comunicaciones relativas a la persecución y el choque del vehículo, por lo que su atemporalidad con los sucesos y las conclusiones de los peritajes efectuados permitieron determinar que si bien existió resistencia por parte de Maturano y Montenegro a detenerse en los controles policiales, no hubo agresión armada que justificara los disparos policiales del modo en que lo hicieron contra el vehículo.

En virtud de ello, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que Emmanuel Alejandro Díaz, Mario Nicolás Medina y Diego Marcelo Calderón deben ser sometidos a juicio en orden al delito de homicidio agravado por resultar los imputados miembros activos de una fuerza policial y por haber abusado de sus funciones.

Según Madrea “el accionar de los nombrados no constituyó una reacción justa, proporcional y adecuada a agresión ilegitima alguna, sino todo lo contrario, pues constituyó un ataque infundado y peligroso para la integridad física de los ocupantes del rodado perseguido, dado que la suya en ningún momento estuvo verdaderamente en peligro” y agregó que «aún en la hipótesis de que la víctima hubiera intentado dispararles, los cinco disparos efectuados por la policía no constituyen una actitud proporcional para repeler la agresión».

Fuente: Fiscales.


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