| Audiencia

Piden penas más graves por el crimen de Mariano Ferreyra

La fiscal Baigún pidió que Pedraza y los otros acusados sean condenados por el delito de homicidio agravado por la participación de dos o más personas.

Pedraza fue condenado a 15 años.

Pedraza fue condenado a 15 años.

La fiscal Gabriela Baigún reiteró la solicitud para que la condena en la causa por el crimen de Mariano Ferreyra sea por homicidio agravado por premeditación. Además, requirió que tres policías sean condenados por abandono de persona seguido de muerte. “Nos encontramos frente a hechos de suma gravedad institucional, que afectaron al interés de toda la comunidad”, agregó en la audiencia la representante del MPF.

En una audiencia realizada ante la Sala III del tribunal -en este caso integrada por Liliana Catucci, Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinsky- que se extendió durante cinco horas, la titular de la Fiscalía N°1 ante la Cámara Federal de Casación Penal, Gabriela Baigún, contestó el cuestionamiento de dos de las defensas contra la posibilidad del Ministerio Público Fiscal de recurrir la condena, sobre lo que concluyó que no se encuentra imposibilitado para hacerlo y se remitió, en lo que a los restantes cuestionamientos de las defensas respecta, a lo escrito en oportunidad de presentar el término de oficina.

Luego, la fiscalía reiteró el pedido para cambiar la calificación legal de la sentencia que condenó a 15 años de prisión al titular de la Unión Ferrroviaria (UF), José Ángel Pedraza, a otras siete personas vinculadas a la Lista Verde de ese sindicato y a seis policías a diferentes penas por sus distintos grados de participación en el homicidio del militante del Partido Obrero, Mariano Ferreyra, y en la tentativa de homicidio de otras personas que, junto al joven, reclamaban por la situación de trabajadores ferroviarios tercerizados el 20 de octubre de 2010.

Además, Baigún realizó un repaso de los hechos, que encontró probados de acuerdo a la sentencia dictada por el Tribunal Oral Criminal N°21 en abril de 2013. A continuación, hizo un detalle de la “estructura vertical del gremio”: “a Pedraza no lo conocían personalmente, pero sabían que era el que mandaba, como así también que [Juan Carlos] Fernández era su voz”, señaló. En ese sentido, precisó que entre las “7:46 y las 15:57”, Pedraza se encontraba en la sede del gremio con Fernández, que a su vez trasladaba las instrucciones respectivas a Pablo Marcelo Díaz, quien “llevó la voz cantante. Convocó a la gente y coordinó las acciones”.

Agravios

Al igual que la Fiscalía de juicio cuando presentó el recurso, Baigún enfatizó que el tribunal oral no utilizó la figura del homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y las tentativas de homicidio del mismo delito respecto de Pedraza, Fernández, Díaz,  Gabriel Fernando Sánchez y Cristian Daniel Favale, el único entre los cinco que no pertenecía al sindicato y fue reclutado -Baigún refirió al respecto que su currículum se encontraba en el escritorio de Fernández-, ya que sería incorporado al sindicato a la brevedad. Los jueces del TOC 21 habían considerado que el homicidio fue cometido con dolo eventual, es decir, que la conducta de los condenados contribuyó a crear el peligro de la muerte pero no buscó  directamente ese resultado. Para llegar a esa conclusión, señalaron que la bala que mató a Mariano Ferreyra rebotó al piso y que la muerte del militante representó desventajas a nivel político para el sindicato y su cúpula.

“Este argumento es llamativo porque se basa exclusivamente en lo que dijeron Pedraza y Fernández y pretende añadir al dolo un elemento del que carece». En esa línea, la fiscal sostuvo que considerar que el dolo había sido eventual se contradice con la forma en que fuera tenida por acreditada la materialidad infraccionaría; y que, por otra parte, “evaluaron la trayectoria de dos disparos cuando hubo varios, e ignoraron que ‘tiraron a matar’ y en posición de tiro, como dijeron los testigos”.

Por otra parte, recordó que las omisiones imputadas a tres policías federales, entre ellos el comisario Hugo Lompizano, fueron el no haber planeado el servicio ni “impedir el descenso” de los atacantes desde las vías hacia los manifestantes. Una vez más, requirió el cambio de la calificación legal -que en la condena fue por incumplimiento de los deberes de funcionario público- y postuló que el tipo penal correspondiente es el de abandono de persona agravado por haberse producido muerte y graves daños a la salud, ya que quedó demostrado que podían seguir los hechos a través de las modulaciones y ver imágenes.

“Nos encontramos frente a hechos de suma gravedad institucional, que afectaron al interés de toda la comunidad. No sólo buscaron acabar con su vida [en referencia al militante del Partido Obrero], sino contra el derecho a manifestarnos reconocido por la Constitución Nacional”, aseveró la representante del Ministerio Público Fiscal.

“La procura de la impunidad  por parte de Pedraza se plasmó en el intento de sobornos a miembros del Poder Judicial y la contratación de [Roberto] Locles”, concluyó Baigún, en referencia a la causa que se instruye por presunto tráfico de influencias para beneficiar a Pedraza durante la revisión de los procesamientos en la etapa de instrucción, por un lado, y a la condena firme del perito por dañar prueba incorporada, por el otro.

Querellas y defensas

Tras la exposición de Baigún, hicieron lo propio las querellas conformadas por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) -en representación de la familia de Mariano Ferreyra- y de Elsa Rodríguez, Nelson Aguirre y Ariel Benjamín Pintos, quienes sufrieron graves heridas.

El abogado del CELS Maximiliano Medina coincidió con la fiscal, y a su vez remarcó que el ataque a balazos se produjo “a más de 200 metros de las vías” y que “el servicio de trenes ya no corría riesgo porque los manifestantes se retiraban”.

La presidenta del tribunal luego concedió la palabra a las defensas, quienes sucesivamente postularon la absolución, o en su defecto sanciones menores. El abogado de Pedraza aseguró que su defendido “no conoce a Favale” y que “lleva cuatro años y medio detenido por algo absurdo”. En tanto que el abogado defensor de Fernández, Alejandro Freeland, exhibió un volumen con la obra de Shakespeare como medio para comparar la voluminosidad de la sentencia. Asimismo, arremetió contra las víctimas que reclamaban, al considerar que “estaban armados. Son violentos, atacan, lastiman y hieren”.

Al concluir la audiencia, la presidenta del tribunal hizo saber a las partes que serán notificados de la fecha en que se dará lectura a la sentencia.


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