La Corte ordena al Gobierno indemnizar a la familia de una víctima de la AMIA

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso del Gobierno y ratificó que el Estado deberá indemnizar a la familia de una víctima del atentado contra la sede de la AMIA con cuatro millones de pesos.

La causa surge del pedido de indemnización de la viuda Ruth Myriam Faifman de Tenembaum a favor suyo y de sus hijas. El reclamo fue realizado en 2006 y, según el recurso impuesto por los abogados del Gobierno, corría la prescripción porque la legislación estipula que hay que pedirlo antes de que pasen dos años de sucedido el hecho.

La hipótesis de la prescripción fue rechazada por la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, pero el Gobierno apeló y llegó hasta la Corte, órgano que ratificó la indemnización, en un fallo firmado por los cuatro jueces que actualmente la integran: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda.

«La postura del Estado Nacional resulta incompatible con el principio cardinal de buena fe, que informa y fundamenta todo nuestro ordenamiento, tanto público como privado”, dice el fallo del tribunal, que recuerda un compromiso del Estado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y un proyecto de ley como sustento.

Al respecto de lo primero, el CIJ informa que «la Corte tomó en consideración que en el año 2005, en el marco de una denuncia formulada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por las organizaciones no gubernamentales Memoria Activa, CELS y CEJIL, la República Argentina había suscripto un acta de entendimiento en la que reconocía su responsabilidad tanto por el incumplimiento de su función de prevención como por el encubrimiento de los hechos y el incumplimiento de la función de investigación».

Todo esto sumado al hecho de que el Gobierno presentó dos veces un proyecto de ley de reparación a las víctimas, indica para la Corte que el Gobierno aceptó su obligación de indemnizar a las víctimas. «El reconocimiento de estas violaciones generó, como una consecuencia jurídica inevitable y necesaria, la obligación del Estado de indemnizar a quienes hubieran sufrido daños», establece el fallo.


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