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¿Hacia una nueva Ley de Residencia?

Por Esteban Rodríguez Alzueta *

 

El anteproyecto de reforma del Código Procesal Penal de la nación contempla novedades importantes y se hace cargo de tareas pendientes, pero también hay puntos que implican un claro retroceso. Uno de ellos es el artículo 35 que dice: “También podrá aplicarse [la suspensión de juicio a prueba] respecto del extranjero en situación irregular en el país que haya sido sorprendido en flagrancia de un delito, conforme con el artículo 184 de este Código, o imputado por un delito con pena privativa de la libertad cuyo mínimo no fuera superior a tres años de prisión. La aplicación del trámite previsto en este artículo implicará la expulsión del territorio nacional, siempre que no vulnere el derecho de la reunificación familiar. La expulsión dispuesta judicialmente conlleva, sin excepción, la prohibición de reingreso que no puede ser inferior a cinco años ni mayor de 15″.

Las palabras de la Presidenta la semana pasada por cadena nacional se hacen eco de las declaraciones del Secretario de Seguridad, Sergio Berni, quien desde hace más de un mes viene repitiendo que “el país está infectado de inmigrantes delincuentes”, que no sólo han aumentado los delitos cometidos por extranjeros sino que a estos habría que expulsarlos del país.

Las cifras que barajó el Ministerio de Seguridad (cifras, dicho sea de paso, muy dudosas, toda vez que ese ministerio ha decidido encriptar la información pública que produce) no se corresponden con las elaboradas por el Ministerio de Justicia. Porque si es cierto que aumentó el delito cometido por extranjeros debería haber aumentado también la población extranjera prisonizada. Sin embargo, sólo el 6% de las personas presas en todo el país son extranjeros y la gran mayoría de estos tienen residencia en el país.

En segundo lugar, como dice el refrán, hecha la ley otro negocio para la policía. La expulsión de extranjeros apresados infraganti será otra forma de seguir engrosando la caja negra de las policías, habilitando su discrecionalidad. Los debates en torno a las leyes no deberían perder de vista las prácticas policiales, las rutinas abusivas y discriminatorias que forman parte del ADN de estas agencias. Las reformas no se dan en el vacío, tienen un contexto institucional que no hay que perder de vista si no se pretende hacerles el juego a las policías. Caso contrario se corre el riesgo de legitimar las prácticas a través de las cuales las policías extorsionan a los actores vulnerables.

Tercero: este artículo a su vez les agregará mayor vulnerabilidad a las personas residentes en el país. La irregularidad no es una decisión personal sino un requisito para conseguir trabajo. Sabido es que los mercados textiles informales le resuelven muchos problemas a los mercados legales. Las grandes marcas suelen contratar los servicios de los talleres informales para mejorar sus costos empresariales. A su vez los dueños de estos talleres irregulares contratan mano de obra entre los inmigrantes que, por las condiciones residenciales en las que se encuentran, al no tener los papeles en regla, no pueden hacer valer sus derechos. Se calcula que en la ciudad de Buenos Aires existen 15 mil talleres y en el conurbano bonaerense otros 10 mil. En cada taller medio trabajan 10 costureros y lo hacen en condiciones precarias, eso quiere decir que lo hacen por un salario bajo, mientras pagan el famoso “derecho de piso”, sino con una jornada laboral que puede exceder las 10 horas diarias. Se entiende entonces que gran parte de esa mano de obra barata será empleada entre los extranjeros irregulares.

Y lo mismo sucede en el campo y en el mundo de la construcción. En el campo, la contratación de extranjeros de países limítrofes, ha sido, históricamente, un deporte nacional, otra costumbre en común. La estacionalidad del trabajo fue la mejor excusa para invisibilizar la trata laboral o la precarización laboral.

Detrás del boom inmobiliario, además de los fideicomisos, con los cuales se lava la plata procedente del tráfico ilegal de granos, de drogas y la evasión impositiva, están los trabajadores no registrados. Esa porción importante de trabajadores se recluta también entre los inmigrantes sin papeles o con papeles irregulares. Todos ellos engrosan la masa del precariado argentino. Son trabajadores baratos, que se pueden despedir de un día para el otro, que no tienen vacaciones pagas, ni aguinaldos, ni seguro de trabajo, ni obra social, ni aportes jubilatorios.

La irregularidad no es la astucia de las personas extranjeras que vienen a sacarle el trabajo a los argentinos, como dice el xenófobo argentinísimo, sino la manera que tienen los empresarios, chacareros, constructores o arquitectos prósperos del país para pagar menos en concepto de salario que lo que desembolsan en concepto de maquinarias, materia prima; o para evadir sus impuestos; o ayudarles a otros actores que tienen parte de sus emprendimientos en negro, a blanquear el dinero sucio. A través del precariado, compuestos por jóvenes e inmigrantes, las economías formales optimizan los costos financieros y sus activos empresariales.

Cuarto: el objetivo del artículo es suspender el juicio, evitar el proceso y con ello una condena. Pero se hace siempre y cuando la persona abandone el país. El Estado promete no perseguir el delito a cambio de que se vaya del país: “esperás el juicio o te vas mañana”. Si bien la figura se prevé para delitos cuya pena tiene un mínimo no superior a tres años de prisión, es decir, no incluirá a los imputados de homicidios, robos calificados o violaciones, alcanza para extorsionar a los protagonistas de los tomadores u ocupantes de tierras. Recordemos que los protagonistas de la toma del Indoamericano o Lugano, entre las cientos que se hicieron en los últimos años, fueron llevadas a cabo por muchos extranjeros que, por sus condiciones residenciales, al no tener familiares o amigos que puedan salir de garantes de los alquileres, no pueden adecuarse a las condiciones abusivos que demandan las inmobiliarias para contratar en el mercado inmobiliario formal. La falta de regulación del mercado inmobiliario empuja a los sectores más pobres a tener que resolver el problema de la vivienda individualmente a través del mercado informal o colectivamente a través de la protesta social.

En definitiva, basta un artículo para reeditar la Ley de Residencia de principios del siglo XX. En aquella oportunidad, se buscaba expulsar del país a los militantes sociales protagonistas de la movilización laboral. Esta vez, el artículo crea condiciones para disciplinar a los inmigrantes protagonistas de la movilización social en torno al derecho a la ciudad. Más aún: cuando el cincuenta por ciento del mercado laboral argentino (según datos proporcionados por la OIT) viven alguna forma de precarización, cuando la lucha en los próximos 10 años vendrá seguramente por el lado del precariado, este artículo será una pieza clave de la derecha argentina para meterle miedo a la protesta y para mantener a raya a importantes sectores del precariado, incluyendo a los extranjeros. Los procesos son reversibles y este artículo no sólo vuelve atrás los avances en materia inmigratoria sino que significará un claro retroceso en materia de derechos humanos.

*Docente e investigador de la UNQ. Miembro del CIAJ. Autor de “Temor y control: la gestión de la inseguridad como forma de gobierno”.

Fuente: Agencia Paco Urondo.


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