| La Corte ratificó su condena

El manager de Callejeros seguirá detenido

El máximo tribunal rechazó el recurso presentado por la defensa de Diego Argañaráz, quien cumple una sentencia de cinco años de prisión por el incendio en Cromañón.

La Corte Suprema de la Nación rechazó un recurso presentado por la defensa de Diego Argañaraz, por lo que continuará detenido en el marco de la causa por la tragedia de Cromañón, en la que murieron 193 personas.

De esta manera, Argañaraz es el único integrante de la banda que permanecerá detenido, ya que hace 20 días fueron excarcelados el cantante Patricios Santos Fontanet y el resto de los músicos: el saxofonista Juan Alberto Carbone, el bajista Christian Eleazar Torrejón y los guitarristas Maximiliano Djerfy y Elio Rodrigo Delgado.

En tanto, el baterista de la banda Eduardo Vázquez también permanece detenido, aunque en el marco de la causa por el homicidio de su esposa, Wanda Taddei, a quien prendió fuego, por lo que la joven falleció.

La Corte, con la firma de la vicepresidente Elena Highton y la de los ministros Enrique Petracchi, Eugenio Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda, declaró “inadmisible” el recurso presentado por la defensa de Argañaraz contra la condena a cinco años de prisión.

En el juicio oral, el tribunal Oral en lo Criminal 24 había absuelto a los músicos de Callejeros, pero impuso 18 años de prisión a Argañaráz, que era el mánager y organizador del evento durante el cual ocurrió la tragedia.

Luego, la Cámara Federal de Casación Penal modificó la calificación, redujo las condenas para el ex mánager y para el gerenciador de Cromañon, Omar Chabán, entre otros, y condenó a los integrantes de Callejeros.

Como los músicos tuvieron una sola condena (en el juicio fueron absueltos y Casación consideró que fueron culpables), plantearon ante la Corte la falta del “doble conforme”, el derecho a que una condena sea revisada en otra instancia.

El 6 de agosto pasado, la Corte les dio la razón a los músicos y le pidió a la Cámara de Casación que emitiera una nueva opinión, tras lo cual el TOC 24 ordenó sus excarcelaciones.

En cambio, Argañaraz fue condenado en las dos instancias (primero a 18 años y luego a 5 “por ser autor penalmente responsable del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con cohecho activo en calidad de partícipe necesario”), por lo que no accedió al mismo pedido que sus compañeros de la banda.


Compartir: 
Etiquetas:  ,