| Inhabilitación de por vida

Los delitos que se le imputan a Boudou tienen hasta seis años de prisión

Los delitos por los que fue procesado el vicepresidente tienen una pena de hasta seis años de prisión e inhabilitación perpetua a ejercer cargos públicos.

Boudou se presentó a declarar el 9 de junio.

Boudou se presentó a declarar el 9 de junio.

El juez federal Arielo Lijo procesó al vicepresidente Amado Boudou por los delitos de cohecho y negociaciones incompatibles con el cargo de funcionario público. Los dos delitos se encuentran incluídos en el título de delitos contra la administración pública en el Código Penal y tienen una pena de hasta seis años de prisión e inhabilitación de por vida para cumplir cargos públicos.

El delito de cohecho previsto en el artículo 256 del CP establece que «será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que por sí o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones».

El artículo 256 bis establece que «será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua para ejercer la función pública, el que por sí o por persona interpuesta solicitare o recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer valer indebidamente su influencia ante un funcionario público, a fin de que éste haga, retarde o deje de hacer algo relativo a sus funciones». Este sería el caso del resto de los imputados en la causa Ciccone.

El artículo 265 del Código Penal referido a negociaciones incompatibles con la función pública dice que “será reprimido con reclusión o prisión de dos a seis años e inhabilitación absoluta de tres a diez años, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en cualquier contrato u operación en que intervenga por razón de su cargo”.

El artículo 248 del CP se refiere al abuso de autoridad por parte de funcionarios públicos. Y dice “será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.

De acuerdo con la resolución del juez, Boudou habría maniobrado para que la AFIP le diera un tratamiento especial a Ciccone, que se encontraba en proceso de quiebra, para poder quedarse con la empresa y utilizarla como contratista del estado para la impresión de billetes para la Casa de Moneda.


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